La Opinión de Murcia

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Tribunales

Condena al SMS por "mala praxis" con unos implantes mamarios

El TSJ de la Región de Murcia obliga a indemnizar a una paciente a la que tuvieron que quitar de urgencia una prótesis mamaria que triplicaba el tamaño de la que le fue retirada

Dos sanitarios en un quirófano.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha condenado al Servicio Murciano de Salud (SMS) a indemnizar con 52.305 euros a una paciente que fue sometida a varias intervenciones para retirar unas prótesis mamarias tras sufrir continuas infecciones al considerar que se trata de un caso de «mala praxis».

La sentencia, a la que ha tenido acceso La Opinión, recoge que la sala ha estimado parcialmente la demanda de la afectada, quien solicitaba un total de 119.000 euros por daños y perjuicios por la «deficiente asistencia médico-sanitaria» que recibió durante meses y que la hizo pasar en varias ocasiones por quirófano para sustituir unos implantes mamarios.

Esta usuaria, Y.R.M., fue diagnosticada con sólo 19 años de ‘mamas tuberosas’ por una asimetría entre la mama derecha y la izquierda, por lo que en enero del año 2000 fue intervenida en el Hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia, donde se le realizó un implante de prótesis mamaria de gel en la mama derecha.

Una década después, en el año 2010, la paciente expresó un dolor intenso e hinchazón en parte del pecho, ante lo que fue remitida en mayo de ese año al Servicio de Cirugía Plástica del Hospital de la Arrixaca donde, tras practicarle una resonancia magnética, se le indicó la necesidad de que se sometiera a una nueva intervención quirúrgica al detectarse un gran pliegue en la prótesis que le habían colocado diez años antes.

En ese momento la usuaria fue incluida en lista de espera para someterse a una cirugía mamaria para proceder al recambio de la prótesis y a la remodelación de la mama contralateral.

El Servicio Murciano de Salud la derivó para esta operación al hospital concertado San Carlos (actualmente Hospital Quirón de Murcia), donde el doctor R.R. le indicó la necesidad de colocar también un implante en la mama izquierda para «que quedasen bien las dos en cuanto a tamaño y forma».

La paciente fue intervenida en San Carlos en marzo de 2011, pero unos días después manifestó en una revisión que tenía dolor y la zona muy inflamada, la herida había comenzado a supurar líquido, pero fue remitida a su domicilio con Nolotil indicándole que era un rechazo a los puntos de sutura. Tras varios días, la afectada volvió a Urgencias, ya que se apreciaba un orificio en la mama que permitía ver la prótesis izquierda, tal y como consta en la sentencia. Vista la evolución se programó una nueva cirugía (la tercera) que se realizó en julio de 2011 en el hospital concertado, «pero el postoperatorio fue tortuoso, ya que la paciente sufrió fuertes dolores y fiebre», según explican desde la Asociación de Negligencias Sanitarias, quienes han llevado el caso de esta usuaria.

En septiembre de ese año tuvo un intenso sangrado de la mama y tras ser atendida en Urgencias de San Carlos fue remitida a la Arrixaca, donde fue operada de urgencia para retirarle ambas prótesis.

Falta de estudios previos

En la sentencia del TSJ queda patente que hubo «mala praxis» y que «si la intervención de marzo de 2011 y el manejo postoperarorio hubiera sido correcto se podrían haber evitado todas las intervenciones posteriores y las secuelas». A la vez que llama la atención sobre la escasa documentación médica de la Clínica San Carlos, donde se omite el diagnóstico y que se le van a extraer las prótesis.

Además, apunta que «se ignora qué estudios se hicieron a la paciente para saber el tamaño de las prótesis a implantar». En este caso, informa de que la primera prótesis, de 150 cc en la mama derecha, «fue sustituida por otra de 430 cc que casi triplicaba su tamaño», aludiendo a las consecuencias que esto puede tener en la cicatrización y el posible rechazo que hubo posteriormente de la prótesis.

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