La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un peón agrícola contra la sentencia de un juzgado de Cartagena que declaró procedente su despido por haberse negado a trabajar alegando que en la finca en la que recogía lechugas hacía mucho viento y le molestaba.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juzgado de lo Social de la ciudad portuaria declaró probado que el ahora apelante, junto con otros miembros de su cuadrilla, no trabajaron por ese motivo, lo que ocurrió en octubre de 2018.

La empresa le envió una comunicación con el despido como autor de una falta muy grave y explicó que sus trabajadores disponían de ropa adecuada y que la fuerza del viento no era de tal calibre que impidiera el desarrollo de la actividad laboral.

Además, explicó que ante el plante de los mismos se les ofreció recoger solo las lechugas en el campo y proceder a su envasado en el interior de un almacén, lo que no aceptaron.

Como consecuencia de esa actitud de los empleados, no se pudo atender un pedido, lo que motivó unas pérdidas superiores a los 40.000 euros, además de los 2.100 euros gastados en tractores, camiones y cosechadoras que se habían movilizado para desarrollar el trabajo.