«En los casos de homicidio o asesinato en los que no se encuentra el cuerpo, el presunto delincuente puede venir procesado e incluso condenado. El mejor ejemplo es el de Marta del Castillo. Para ello lo fundamental es que las otras pruebas arrojen indicios de la comisión del asesinato u homicidio, como restos de sangre, testigos, grabaciones, etcétera». Así lo explica a este diario el abogado murciano, José Manuel Hernández Benavente, que hace hincapié en que «la Ley de Enjuiciamiento Criminal no habla de cuerpo, habla de pruebas suficientes y razonables».

En la misma línea, «tampoco es fundamental el arma homicida por el mismo razonamiento, a diferencia de lo que vemos en series televisivas acerca de los procesos en Estados Unidos», detalla.

La frase 'sin cadáver, no hay delito' no es cierta. En la Región, la Policía Nacional mantiene abierta la investigación para ver qué pasó con Lola Sandoval, la mujer que desapareció en la Navidad de 2018 en la ciudad de Cartagena. Su compañero sentimental, de nombre Agustín, era capturado casi un año después y confesaba haberla matado. Sin embargo, no había cadáver.

Expertos de la Policía Científica inspeccionaban a fondo la vivienda de la pareja, donde Agustín admitió haber descuartizado el cuerpo de su novia, y hallaban restos de sangre. Dar con el paradero de Lola dependía, casi exclusivamente, de la declaración del propio Agustín. Declaración que iba cambiando. Si primero admitió haber asesinado, durante una pelea, a la que era su novia, luego alegó que se la encontró ya muerta y se limitó a ocultar un cadáver. Según él, agarró un cuchillo, troceó el cuerpo, lo metió en bolsas y lo repartió por los contenedores.

Algo que la Policía Nacional considera bastante improbable. En el vertedero donde van a parar los contenedores indicados por el individuo hay un protocolo de separación de residuos que hace que no sea posible que pase por ahí un cuerpo troceado sin que nadie se diese cuenta.

«El cuerpo del delito no es solo el cadáver», sostiene otro abogado, José Ángel Alfonso, que opina que «la escena del crimen puede ser más reveladora incluso que el propio cuerpo sin vida».

«No es imprescindible»

«En nuestro ordenamiento jurídico, no es imprescindible para la condena por un delito de homicidio que haya aparecido el cadáver y que a este se le practique la autopsia», destaca, y apunta que, en el caso de Marta del Castillo, a Carcaño se le condenó, está en prisión y el cuerpo no aparece.

«En nuestra legislación, existen los indicios o pruebas indiciarias», por lo que «las investigaciones policiales y la tecnología nos pueden hacer llegar a la conclusión de lo acontecido, y todo ello sin que se encuentre el cadáver», manifiesta este letrado.

Así, «testigos, móvil, geolocalización, amigos, hábitos... nos pueden conducir al esclarecimiento de los hechos y a descubrir a su autor, incluso antes de encontrar el cuerpo», destaca.

«Para poder salvaguardar la presunción de inocencia, se hace imprescindible acreditar la causa y efecto entre la víctima y el supuesto autor; de otro modo, se vulneraría nuestro ordenamiento jurídico y el derecho fundamental recogido en la Constitución a una tutela judicial efectiva», precisa.