La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a 5 años de prisión y a pagar 4.430 euros a una mujer que prendió fuego a la vivienda de su vecina como venganza por colocarle un cepo en su plaza de aparcamiento tras haber sido desahuciada por impago del alquiler.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que las pruebas aportadas al juicio, que se celebró el pasado octubre, llevan a la conclusión de que la acusada, María Dolores G.S., vertió un acelerante de la combustión, posiblemente de gasolina, sobre las dos puertas de acceso de la vivienda de la denunciante, prendiéndoles fuego y marchándose del lugar.

El relato de hechos probados fijado en la sentencia, que tiene como ponente al magistrado José Luis García, señala que los mismos ocurrieron el 23 de marzo de 2014, cuando la acusada, que estaba enemistada con la propietaria de la vivienda vecina por problemas relacionados con la plaza de garaje que ésta le había arrendado, accedió al garaje del inmueble.

Al ver que no podía aparcar en esa plaza de aparcamiento propiedad de su vecina por haber colocado ésta un cepo para impedirle su uso, lo estacionó en otro lugar que tampoco era suyo.

A continuación -añade el relato de hechos probados- accedió al inmueble, subió a la planta donde se encontraban ambas vivienda y vertió el acelerante, para acto seguido prenderle fuego.

Como consecuencia de las llamas y del humo, se produjeron desperfectos en ambas puertas, en el techo y en el recibidor.

Durante el juicio, la acusada negó los hechos y señaló que su autoría no había quedado probada, por lo que procedía dictar una sentencia absolutoria.

Sin embargo, el tribunal de la Audiencia llega a una conclusión bien distinta, ya que del análisis de todas las pruebas practicadas en la vista oral conducen a ella como autora del delito de incendios.

Así, expone que la perjudicada denunció por amenazas a la acusada en mayo de 2013, al asegurar que en una conversación telefónica con su marido "le habría manifestado su intención de prender fuego a su piso".

Además, la Sala tiene en cuenta que la denunciante tuvo que instar un pleito contra aquella para que desalojara la plaza de aparcamiento que le había alquilado, por impago.

Así mismo, el tribunal señala que las cámaras de vigilancia instaladas en el garaje captaron la llegada y salida de la acusada aquel día, existiendo tiempo suficiente entre ambos momentos para subir a la planta del edificio y prender fuego a la vivienda.

La Audiencia Provincial de Murcia la condena a la pena de cinco años de prisión y al pago de indemnizaciones a dos compañías aseguradoras que suman 4.430 euros, además de tener que abonar las costas, incluidas las de la acusación particular y las de las dos aseguradoras.