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Sobre la ley

"Las sentencias no obligan a cambiar cómo se cobra el servicio"

La empresa concesionaria del agua Hidrogea recuerda que «no existe consenso en la doctrina jurídica sobre qué figura debe regular el pago por la prestación del servicio, sea tasa o tarifa, así como sobre quién debe recaudar el importe». La compañía recalca que «en la mayoría de las grandes corporaciones locales de España gestionadas por empresas 100% públicas, son estas empresas las que cobran a los abonados una tarifa fijada por el Ayuntamiento, al igual que sucede en Murcia». No obstante, aunque ésta es la práctica habitual, Hidrogea recuerda que «son los ayuntamientos quienes, a la vista de los pronunciamientos jurídicos y las consultas a los diversos estamentos, deben elegir llegado el caso, la forma que consideren oportuna y mejor se adapte a sus necesidades, siempre dentro de la legalidad vigente en materia local y de contratación pública». «Las sentencias del Tribunal Supremo en cualquiera de los sentidos, no sientan jurisprudencia ni obligan al resto de municipios a compartirlas, siendo de aplicación la Ley General Tributaria y la Ley de Contratos del Sector Público», finaliza la empresa.

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