Es costumbre inveterada decirle a alguien que suelta una burrada: eres un animaaal. Sin embargo, hay animales y animales. Los hay denostados como las cucarachas y las ratas y otros, como los leones y los toros a los que todo el mundo adora. Pero en lo que todos estamos de acuerdo es en proteger a los animales, al menos a estos últimos queridos, respetados y admirados. Ahora bien, la incongruencia está servida:

1. Por una parte se crean leyes y defensas de los animales. A. En cuanto a las leyes más cercanas citaría que el Consejo de Gobierno de nuestra Comunidad acaba de aprobar recientemente un Proyecto de Ley de Protección y Defensa de los Animales, con 45 artículos, para actualizar la norma de 1990, donde sus principales novedades consisten en a. una regulación nueva de los animales de compañía; b. la tenencia y circulación de animales en espacios y vías públicas; c. normas sobre el transporte de los mismos, con el establecimiento de un mayor control sanitario e incluso creando un registro de animales domésticos; d. coordinación y colaboración entre las Administraciones públicas; e. endurecimiento de las sanciones por maltrato animal, pudiendo llegar la multa a 300.000 euros si se trata de una falta muy grave, como es el maltrato animal, y, f. entre las sanciones que se incluyen destaca la organización y celebración de peleas entre animales de cualquier especie, el empleo de animales en espectáculos y otras actividades que impliquen maltrato, abandono o no adopción de medidas de control sanitario. B. Y en cuanto a la defensa de los animales, cada vez existe más concienciación, pues las condenas por maltrato animal, según la Fiscalía General de Medio Ambiente, se han multiplicado por seis en siete años. Hasta tal punto de que el Colegio de Abogados de Madrid acaba de formar una nueva sección, a la que ya se han apuntado en cuatro meses de funcionamiento casi trescientos letrados, para la defensa y protección del maltrato animal; también para intervenir en los hipotéticos casos de una negligencia veterinaria e incluso para decidir quién se queda con la mascota en caso de separación de una pareja.

2. Y por otra parte, se declara Bien de Interés Cultural Inmaterial la Fiesta de los Toros de la Región de Murcia, por Decreto 25/2011 de 25 de febrero. Si bien es verdad que el consejero de Cultura de entonces manifestó no hace mucho en una radio, cosa que en mi opinión le honra mucho, que colaboró en ese Decreto quizás para evitar que se le vinieran encima más problemas de los que ya tenía por razón de su cargo en esos momentos. Claro, que no somos los únicos, pues Esperanza Aguirre impulsaba también por el año 2010 más o menos, en su Comunidad madrileña la declaración de las corridas de toros como Bien de Interés Cultural. Y algún graciosillo le llegó a preguntar que por qué no hacían entonces del mismo interés cultural la siesta nacional.

Sea lo que fuere, lo cierto es que por un lado, se fomenta la protección de los animales y por otro se ensalzan las corridas de toros. Se regula normativamente la separación en un camión entre los animales que transporta, el tiempo que deben viajar sin descansar, el clima y condiciones en que deben hacerlo, y una vez bajados del camión se les encajona y se les suelta en una la plaza de toros, para ser lidiados.

Es lo que hay?