El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado que declaró procedente el despido de un lector de contadores eléctricos que había manipulado el suyo en su domicilio de Cieza para que no registrara en consumo que realmente se efectuaba.

La sentencia de la Sala de lo Social desestima el recurso del afectado contra la del juzgado de lo social que declaró ajustado a derecho su despido y condenó a la empresa para la que trabajaba, que se ocupaba de leer los contadores para Iberdrola, a pagarle 1.049 euros por los salarios que le debía.

La sala comenta que "el demandante actuó de forma clandestina, ya que el contador aparecía sin registrar el total del consumo por tener manipulado el precinto de cubrehilos y flojos los tornillos del puente de tensión", irregularidad fue descubierta por Iberdrola, que la puso en conocimiento de la empresa para la que el lector trabajaba.

Para el tribunal, el despido no es desproporcionado, ya que "la pérdida de confianza, por su especial y esencial naturaleza, no admite grados de valoración, por lo que esa sanción es una de las que el empresario puede elegir para las faltas muy graves".

La sentencia concluye que esa facultad de elección deriva de una disposición legal y además es proporcionada a la entidad de la falta imputada.