La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a un año y diez meses de prisión a un hombre por maltratar a su pareja, a la que impedía relacionarse con sus familiares y amigos y a la que imponía la forma en que debía vestirse y maquillarse.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso que presentó el acusado contra la resolución judicial, que le condenó así mismo a indemnizar a la perjudicada con mil euros.

El Juzgado señaló también como probado que debido a la situación de permanente control que el acusado ejercía sobre su pareja, esta sufrió un trastorno ansioso-depresivo.

El relato de hechos probados señalaba también que el acusado la insultaba con frases despectivas, además de decirle que era una mala madre y que no servía para nada.

La Sala, al desestimar el recurso, dice que el proceso judicial contó con pruebas incriminatorias suficientes sobre las que basar la sentencia condenatoria.

Y añade que esas pruebas hicieron que decayera el principio de presunción de inocencia alegado por el acusado en su recurso.