La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Lorca que absolvió a un vecino de Águilas que fue acusado de agredir a su expareja cuando coincidió con esta en el momento en que ella llevaba a la hija común a misa.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de lo Penal, en su resolución de diciembre de 2015, declaró probado que los hechos ocurrieron en una calle de Águilas en octubre de ese mismo año, cuando el acusado detuvo el coche que conducía para detenerse a hablar con la hija, a la que besó, pidiéndole a la menor que ella hiciera lo mismo con su nueva pareja sentimental.

Cuando la denunciante le dijo que debían marcharse porque tenían que ir a misa, el acusado le pidió que esperara un poco, porque llevaba tres meses sin ver a la hija.

Al insistir la madre en marcharse, se inició una discusión, "sin que haya quedado acreditado que, tras dirigirle varios insultos, el acusado le propinara un golpe con la mano a la altura de la boca".

La sentencia, que ahora se ve ratificada por la Audiencia Provincial, que se produjo igualmente un forcejeo en el transcurso del cual la expareja recibió un golpe en la boca propinado por el acusado, "sin que haya quedado acreditado -añadía el Juzgado- si se lo propinó o no intencionadamente".