El ayuntamiento de Totana deberá devolver la cantidad de 1,6 millones de euros que recibió de una empresa promotora por un convenio urbanístico que fue suscrito en septiembre de 2006 y que no ha podido ejecutarse. Así lo dispone una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región, que estima el recurso presentado por la empresa Solumfertil, S.A. contra la resolución del Juzgado número Uno de Murcia, que rechazó su demanda.

En su demanda, la empresa, que sustituyó a la que en su día concertó el convenio urbanístico, Mediterráneo Golf Resort, expuso que la demora en la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana había hecho inviable la ejecución del mismo, por lo que consideraba que existían motivos suficientes para su resolución y para la recuperación del dinero entregado.

El juez de lo Contencioso, sin embargo, entendió que el Ayuntamiento había hecho a lo largo de los once años transcurridos «todo lo que estaba en su mano», sin que se le pudiera exigir lo que no entra dentro de sus competencias.

La Sala, al estimar el recurso, dice que, por el contrario, en el momento en que fue presentado el recurso en solicitud de la resolución del convenio sí existían motivos suficientes para ello. Además, relata los distintos periodos de inactividad que sufrió la tramitación de la planificación urbanística. El tribunal llega a la convicción de que «la demora injustificada ha frustrado el fin que determinó que la empresa suscribiera el convenio», por lo que ha de darse por resuelto».