La Audiencia Provincial acogía esta pasada semana un juicio por el que se sentaban en el banquillo dos jóvenes: uno, por asesinato; el otro, por robo. Presuntamente, asaltaron la casa de una señora de 83 años, en Alhama de Murcia, uno de ellos la mató a cuchilladas y luego le quitaron unas joyas. Pero no estaban solos. En el mismo asalto participó, considera probado el fiscal, una tercera persona: un niño de tan sólo 10 años de edad. Inimputable en España, haga lo que haga.

El debate sobre si ha de rebajarse en España la edad penal está sobre la mesa desde hace años. La magistrada de la Audiencia Provincial de Murcia Concha Roig recuerda que «el PP llevó esa propuesta, la de rebajar la edad penal, y hubo un manifiesto en contra, manifiesto que yo firmé». Se refiere a algo que ocurría allá por 2008: el Partido Popular sugería rebajar la edad penal en España a los 12 años (ahora está en 14). Se opusieron en bloque Jueces para la Democracia, la Unión Progresista de Fiscales y otras cuatro asociaciones progresistas.

La propuesta del PP, sostenían, ponía sobre la mesa «la falsa idea de que el problema de la delincuencia tiene un origen legislativo», subsanable sólo endureciendo los castigos existentes. La edad penal, finalmente, no se rebajó. A quienes tengan menos de 14 años no se les puede imputar nada.

Roig señaló que «fuera de casos puntuales, para hacer una modificación legislativa de ese calado se necesita que la justifiquen estudios psicológicos, sociológicos y criminalísticos», también para ver si «la adolescencia ha evolucionado hasta el punto de que se haga necesario» rebajar la edad penal. Apuntó que «en la jurisdicción de menores, la finalidad es educativa».

«Aquí, a quien le preguntes, te dice que los metan a todos en la cárcel. Que es una vergüenza lo que está pasando». Quien así se expresa es una vecina de Espinardo que desde hace meses, según denuncia, sufre vandalismo por parte de gamberros... inimputables. «Si es que no levantan medio palmo del suelo, si es que son críos», admite la señora. En la localidad ya han hecho de todo: han recogido firmas, se han manifestado, han acudido a los políticos y a la Policía, y afirman que están cansados de recibir siempre la misma contestación. Si son menores de 14 años, nada hay que hacer.

Hace unos años, eran los gemelos de Guadalupe los que aterrorizaban al municipio. Robos, agresiones. Llegaron a tirar una piedra desde el puente de la autovía, y lesionaron con ella a una mujer. Y eran niños.

Como niños eran dos de los cinco que fueron pillados en Molina, hace unos meses, torturando animales. Hacían vídeos de estas barbaridades y las mandadan por grupos de Whatsapp y otras redes. Cuando los cazaron, planeaban dar una paliza a una persona elegida al azar.

El problema de delincuentes inimputables, como todos estos, trae de cabeza a la Policía y preocupa a los juristas.

En este sentido, el abogado Melecio Castaño señala que «mientras no nos pongamos todos manos a la obra y eduquemos a las nuevas generaciones en los buenos valores y principios, en el respeto a los demás, en el valor de la cultura y la formación, las posibilidades de que un ´angelito´ de 12 o 13 años cometa una monstruosidad seguirán siendo cada vez más altas, porque el clima de violencia social es cada vez mayor y se retroalimenta».

Castaño tiene claro que el hecho de que «un adolescente menor de 14 años sea considerado totalmente inimputable sólo por tener esa edad, y que su conducta, por grave que sea, no tenga reproche alguno por parte del ordenamiento jurídico, desprotege a la sociedad». «Me parece de una torpeza considerable y parte de un optimismo antropólogico que desde luego yo no comparto, pues es obvio que la maldad humana se desata cada vez a edades más tempranas y ese es un problema que, a falta de fórmulas mágicas, sólo se puede tratar de atajar con la imposición de un castigo, sin perjuicio de compatibilizarlo con otra serie de medidas reeducadoras y resocializadoras, por supuesto», subraya.

Por su parte, el doctor de Derecho Penal y Criminología y profesor contratado de la UMU Samuel Rodríguez Ferrández considera que «el establecimiento de una franja cronológica de edad durante la cual poder exigir responsabilidad penal a los sujetos, no aplicándoles las sanciones que prevé el Código Penal para los adultos, sino las del régimen especial que contiene la Ley Orgánica reguladora de Responsabilidad Penal del Menor, es aconsejable desde principios esenciales de nuestro ordenamiento».

En su opinión, «es, no obstante, una decisión político-criminal que debe estar fundamentada en aspectos empíricos, es decir, extraídos de la realidad de la fenomenología de la delincuencia juvenil. Así, si la decisión del legislador español se adoptó en su día sobre esa ineludible base, es plausible considerarla como racional y materialmente legítima».

«Y tampoco, por cierto, hay que perder de vista que estamos hablando de sujetos sobre los que, precisamente por su joven edad, cualquier intervención reeducativa, aunque no sea de naturaleza estrictamente penológica, tiene muchas más posibilidades objetivas de ser eficaz y efectiva», manifiesta el doctor.

Piedad, letal envenenadora de Murcia con sólo 12 años

Empleó unas bolas de cloro que se utilizaban para dar lustre a las piezas plateadas de las motos. Uno de los crímenes más célebres de los que conforman la crónica negra de la Región de Murcia tuvo lugar en 1965, y su protagonista fue una niña de tan sólo 12 años de edad. La pequeña Piedad fue matando uno a uno a cuatro de sus hermanos pequeños. ¿Por qué? Porque cuidarlos la agobiaba y le quitaba tiempo para jugar. El escenario, una vivienda humilde ubicada en el Carril de la Farola de la capital murciana. Allí vivían los padres y diez hermanos.

No hubo juicio para la niña. Crónicas de la época sostienen que la pequeña fue llevada al monasterio para jóvenes descarriadas de las Oblatas de Murcia, por orden del Tribunal Tutelar de Menores. Qué fue de ella en realidad, es un misterio.

¿Qué pasa en otros países?

Suiza

Regula un régimen diferente para niños de siete a 14 años, con penas más bajas, y para adolescentes de 15 a 18 años. Normalmente, este país apuesta por medidas de reinserción, terapéuticas y educativas, aunque en los casos más graves los menores pueden ser internados en un centro.

Estados Unidos

33 estados no tienen fijada una edad mínima de responsabilidad penal, lo que permite teóricamente a cualquier niño ser condenado a penas de cárcel sea cual sea su edad. Entre los estados que sí fijan una edad mínima, Carolina del Norte tiene la edad más baja, 7 años, mientras que Wisconsin tiene la más alta, 10 años.

Alemania

Los menores de 14 se consideran incapaces de culpa, y por lo tanto, queda excluida la posibilidad de llevar un proceso jurídico penal contra ellos.

Italia

El código penal otorga competencia a los tribunales de menores para conocer de todos los casos contra menores de 18 años sin hacer referencia al límite mínimo de responsabilidad penal. Sin embargo, más adelante recoge la edad de 14 años, declarando inimputables a los menores que no hayan alcanzado esa edad.

Inglaterra

Entre los 10 y los 14 años, los menores son niños desde el punto de vista legal; entre 15 y 16 años son jóvenes, y los que cuentan entre 17 y 20 años son semi-adultos. Así, para poder perseguir a un niño ante los Tribunales de Menores, hay que demostrar que en el momento de la comisión del delito tenía capacidad para discernir y era consciente de que estaba actuando mal.

Francia

Se ha fijado la edad penal en 13 años y se ha prohibido mantener en detención provisional a un menor de 16 años. No obstante, existe un régimen civil especial para los menores de 13 años, que podrán ser interrogados por la policía en situación de retenidos.

Holanda

Se considera que un niño menor de 12 años no tiene capacidad para cometer un delito, y por lo tanto, cuando se presenta uno de estos casos, se desestima automáticamente.