La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una paciente que reclamó una indemnización de 55.400 euros a la Consejería de Sanidad del gobierno murciano por las quemaduras que sufrió durante un tratamiento de fototerapia.

La demandante expuso en su reclamación que ese tratamiento lo recibió entre julio y agosto de 2005 y que, a consecuencia del mismo, sufrió quemaduras de primero y segundo grado, quedándole secuelas en el 50 por ciento de su cuerpo "y un grado acusado de fotosensibilidad".

Además, alegó que las sesiones no le fueron administradas por un facultativo médico, sino por personal de enfermería.

La Sala, al desestimar el recurso, dice que "la asistencia recibida por la paciente fue, según se desprende del expediente administrativo, conforme a una normal diligencia y se encuentra dentro del cauce adecuado de la 'lex artis'".

Y concluye que las pruebas aportadas al proceso judicial demuestran que la actividad desplegada en torno a la apelante y los medios empleados fueron los idóneos y adecuados al tratamiento que aquella demandaba.