La Audiencia Provincial de Murcia ha retirado la pensión por alimentos por importe de 200 euros mensuales que recibía una mujer al descubrirse que trabaja, con lo que se estima en parte el recurso que formuló el padre para que se modificaran las medidas adoptadas en el momento de la separación matrimonial.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que la extinción de esa obligación se retrotraerá al mes de abril de 2014, fecha en la que el padre solicitó la modificación, y no a febrero de 2015, que fue la fecha fijada por el Juzgado de Cieza al que correspondió el asunto en primera instancia.

Afirma la Audiencia Provincial de Murcia que el demandante expuso que las pruebas practicadas en el procedimiento judicial habían acreditado que en los años 2011 a 2013 su hija había tenido ingresos por su trabajo, por lo que procedía la retirada de la pensión desde la fecha de presentación de su demanda.

El tribunal ha accedido a esa solicitud, pero, por el contrario, ha denegado una segunda petición, por la que el demandante había reclamado también que se retirara la pensión compensatoria de 150 euros mensuales que abona a su exmujer o que la misma fuese reducida a ochenta euros.