Te digo yo que a los jueces últimamente vamos a tener que ser más prudentes y callados que unos monjes cartujos como la cosa siga así. La futura, y esperemos que no sea aprobada en ese punto, Ley Orgánica del Poder Judicial, cual el religioso dicho, nos va a prohibir hablar. Cosa contra la que ya me he manifestado reiteradamente, porque el ciudadano lo que quiere, y tiene derecho a ello, es saber qué hacemos los jueces, y las razones que nos llevan a dictar determinadas resoluciones, como por ejemplo la fianza para salir de la cárcel, que si no se explica, la respuesta lógica es que si tienes dinero no vas a la trena.

Lo último que nos va a afectar, dicen las crónicas, es que se va a redactar cara al verano, un código ético de conducta para los jueces. No me parece mal. Lástima, que deba ser por escrito la necesidad de ese código. Lástima que no se haga para otras muchas profesiones, o sea para todas. Lástima que seamos los mismos jueces, -a través del Consejo General del Poder Judicial, y por consultas individuales o colectivas, vía reflexión sobre los principios y valores que deben guiarnos- los que establezcamos esas normas de conducta, y no sea el propio pueblo, o la sociedad española la que diga cuál debe ser la conducta de sus jueces. En cualquier caso, y para que no parezca demagogia lo que acabo de escribir, me comprometo desde ya a seguir ese código ético en ciernes que paso seguidamente a explicar.

El día 22 comenzaba su andadura la comisión encargada de redactar este código (en mi opinión, una comisión demasiado extensa, ocho personas, pues ya se sabe: si quieres que algo fracase, crea una comisión, y si es amplia mejor) a la que pertenecen miembros tan destacados como una catedrática de ética, o jueces como Grande Marlaska y Xiol Ríos. Su función es la de realizar unas recomendaciones que pueden tener un cierto grado de subjetivismo y de relativismo, sobre conductas aconsejables en determinadas materias para los jueces, que en ningún caso serán obligatorias. Salvo que la mencionada Ley Orgánica del Poder Judicial las regule, supongo.

Y como va la Comisión va a pedir mi opinión, ya la adelanto y públicamente. Habría que empezar desde el principio, y en este sentido no debe acceder nadie a la carrera judicial sin un examen previo de conducta y comportamiento ´normal´, pues para ser juez no basta con saberse 500 temas de memoria, sino que se precisa algo más, como es la normalidad y el sentido común. A partir de ahí, la imposibilidad de pertenecer a un partido político, ni siquiera para ser presidente del Tribunal Constitucional, debe seguir regulando el código esa conducta judicial. El no tener intereses previamente demostrados por haber ejercido, por ejemplo, como abogado en un determinado partido judicial, o el hecho de entrar por un cuarto turno a la carrera judicial sin más meritos que pertenecer a determinados grupos (no especifico) también debe ser recogido en el código. Y por supuesto potenciar la independencia y la honradez profesional debe ser la meta a obtener. Todo lo cual lo digo con la ética por bandera, sí€pero€para todos, todos.