Estamos en España, aunque a lo mejor a alguno de ellos les pese, y desde luego aunque no lo parezca por esos apellidos, que sólo el primero de ellos es rebatido con un nombre tan vulgar como el de Juan María, a diferencia de los otros dos personajes, Gorka y Kontxi, respectivamente. Esa es la grandeza de las diferencias culturales y lingüísticas de nuestra patria. Pero, hete aquí que, quieran o no, la Justicia es unívoca y el Tribunal Supremo es uno y no trino, aunque en este caso ha trinado correctamente.

Decía el 13 de junio de 2003, en esta misma 'balanza inmóvil', acerca de Atutxa y el Estado de Derecho, que si todos somos iguales ante la Ley, el presidente del Parlamento Vasco, y los otros dos miembros de la Mesa de la Cámara de Vitoria antes citados debían cumplir la orden del Tribunal Supremo de disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak, sucesores de Batasuna.

Posteriormente, el 31 de diciembre del 2004, volvía a escribir sobre el mismo tema con el título ¡Toma Supremo!, donde me hacía cruces de la resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que los absolvía del delito de desobediencia. Aunque ya anticipaba que si se producía un recurso, el Tribunal Supremo los condenaría, o ya no entendía nada el que suscribe de Derecho Penal. Se produjo el recurso, pero no por el fiscal, ni por la acusación particular, sino por el sindicato Manos Limpias ejerciendo la acusación popular. La cosa no era tan sencilla, pues hacía poco el mismo Tribunal Supremo, en el famoso 'caso Botín' consideró que la acción popular no estaba legitimada para ejercer una acusación penal. Sin embargo, ahora el mismo Tribunal (lo que me alegra) cambia de criterio, al entender que no es el mismo caso, ya que en el supuesto de Atutxa y compañía no hay perjudicados particulares y, por tanto, no se puede limitar el ejercicio de la acción popular, a diferencia del otro caso, donde las cesiones de crédito del Banco de Santander había un 'doble cierre' en el sentido de que tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular pedían el sobreseimiento.

El Supremo considera legitimada a la acción popular para acusar, y entra en el fondo del asunto. Y aquí sí que no había ya escapatoria; es de manual de primero de Derecho Penal. La desobediencia de los dos miembros de la Mesa y del presidente del Parlamento, haciendo caso omiso a la orden del alto tribunal al no disolver al mencionado grupo parlamentario, era una infracción criminal como la copa de un pino. A Atutxa le han impuesto una multa de 18.000 euros (150 euros diarios durante cuatro meses), y un año y medio de inhabilitación para ejercer cargo público (lo que se la refanfinfla porque ahora preside la Fundación Sabino Arana, vinculada al PNV). A Knorr y Bilbao se les condena a cada uno a una multa de 12.000 euros (cien euros diarios durante cuatro meses) y un año de suspensión de cargo público, que al primero tampoco le afecta porque está igualmente retirado de la vida política, y vive en Barcelona. A la que más le afecta es a Knotxi Bilbao, que tendrá que dejar de ser parlamentaria durante ese tiempo.

Pero no se crean que todo ha sido tan sencillo, porque cuatro magistrados del Tribunal Supremo votaron en contra de cambiar el criterio del 'caso Botín'. Menos mal que la mayoría ganó. Eso sí, Atutxa se reafirma en su actuación y manifiesta que no cometieron ningún delito.

Lo que es no querer ver las cosas.