España ha dado hoy un paso más hacia recuperar la normalidad previa a la expansión de la Covid-19, aunque todavía queda camino por recorrer. El pasado 9 de abril concluyó la restricción a las actividades no esenciales y, por lo tanto, desde hoy han vuelto al trabajo el grueso de empleados afectados por esta prohibición.

Sin embargo, esto no significa el final del confinamiento, puesto que las limitaciones a la actividad volverán a ser las recogidas en el decreto de estado de alarma inicial del 14 de marzo. Esta situación se mantendrá, como mínimo, hasta el próximo 26 de abril, aunque podría alargarse unas semanas más.

Mayor movilidad, pero mismas precauciones

Ese decreto, que ordenó el aislamiento social y restringió los movimientos por el coronavirus, determinó las actividades que dejaban de llevarse a cabo y las que se restringían con la finalidad de proteger la salud de los ciudadanos.

- El decreto protege las actividades sanitarias, de seguridad y telecomunicaciones, aduanas, el suministro y distribución de alimentos y productos de primera necesidad, así como el suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo y gas natural.

- También ampara los servicios indispensables de empresas e industrias auxiliares -componentes, limpieza, vigilancia y seguridad, mantenimiento y averías urgentes y transportes de mercancías y personas- necesarias para el funcionamiento de las actividades anteriores. También la recogida de basuras y el abastecimiento de agua.

- Se protege el transporte público, aunque sujeto a restricciones en la oferta. A partir de este lunes, además, comenzarán a repartirse mascarillas para los trabajadores que lo empleen.

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- La administración de Justicia y todos los servicios ligados a este sector mantienen actividad de acuerdo a los servicios esenciales fijados.

- Sigue sin estar permitida la apertura de bares y establecimientos de restauración -que solo pueden prestar servicio a domicilio-, discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones y auditorios. Sigue la prohibición de las verbenas, desfiles, fiestas populares y manifestaciones folclóricas en recintos abiertos y vías públicas.

- Los comercios cuya actividad permite el decreto son tiendas de alimentación, farmacias, centros médicos, ópticas, ortopedias, prensa y papelería, estancos, gasolineras, tiendas de alimentación de animales domésticos y tecnología, comercio por internet, lavanderías.

- En el caso de las peluquerías, solo se mantiene el servicio a domicilio para garantizar la atención e higiene de las personas más vulnerables.

- Los medios de comunicación pueden seguir manteniendo su actividad.