La Audiencia Provincial de Murcia ha retirado la pensión por alimentos que recibía un joven de treinta años de manos de su padre porque "no lucha por la vida".

Esto es así al no haberse demostrado que rinda en los estudios o que su situación económica sea peor que la de su progenitor.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso que el padre presentó contra la resolución de un Juzgado de Primera Instancia que accedió a retirar la pensión a un hermano mayor -con lo que éste estuvo de acuerdo-, pero que mantuvo la que ahora queda anulada por decisión de la Audiencia Provincial.

Señala la sala que el apelante expuso en su recurso que el hijo de 30 años es buzo de profesión y ha desempeñado un trabajo en un puesto de Protección Civil.

En cuanto a los resguardos de matrícula universitaria aportados por el hijo al oponerse a la estimación del recurso, el tribunal comenta que "no acreditan otra cosa que dichas matrículas".

Y añade que el padre no se encuentra en mejor situación económica que su hijo, "y el mantenimiento de la pensión de alimentos favorecería una situación pasiva de lucha por la vida en lo que se refiere a éste".