La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que la empresa Equipamiento Familiar y Servicios, S.A., presentó contra la sentencia que declaró improcedente el despido del gerente de uno de sus supermercados de esta ciudad.

La sentencia indica que la empresa basó el despido en la trasgresión de la buena fe contractual y un abuso de confianza por haber encargado a empresas ajenas trabajos que podían ser realizados por sus propios servicios de mantenimiento. Para la citada sociedad, los hechos son muy graves porque habían supuesto unos desembolsos económicos que podían haberse evitado.

La Sala desestima el recurso y afirma que «no se ha acreditado que los trabajos podían haberse realizado por el propio equipo de mantenimiento de la misma", ni «demostrado el coste excesivo o que las empresas contratadas», ni que el gerente no tuviera facultadas para contratar a otras empresas. Por ello, condena a la mercantil al pago de costas, a readmitir al despedido o indemnizarlo con de 141.500 euros.