La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado de Instrucción de Totana que condenó a un hombre por un delito leve de coacciones a pagar una multa de 180 euros por haber cambiado la cerradura de la vivienda familiar para que su esposa no pudiera entrar.

La sentencia señala que los hechos se produjeron en agosto de 2018, para lo cual aprovechó que su mujer y los hijos se encontraban de vacaciones de verano en la playa.

Dice la Audiencia que el acusado no debió nunca cambiar la cerradura, ya que aunque en aquellos momentos el matrimonio se hallaba en trámites de separación el domicilio continuaba siendo la residencia familiar.

En su recurso, el afectado alegó que el juzgado que dictó la sentencia recurrida había incurrido en un error a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio, por lo que pidió su absolución.

La Audiencia ha desestimado su apelación al señalar que su conducta fue constitutiva del delito por el que fue condenado, ya que su esposa no había abandonado el domicilio, por lo que cambiar la cerradura para impedir su acceso fue un acto ilegal.