Un hombre, cuya identidad y edad no han sido facilitadas, ha sido condenado a pasar dos años entre rejas por abusar sexualmente de una niña desde que la menor tenía seis años y hasta que cumplió quince. Sin embargo, la pena queda suspendida y el sujeto no ha entrado en prisión. A cambio, tendrá que estar yendo durante dos años a cursos de educación sexual, establece la sentencia.

Los hechos que se consideran probados tuvieron lugar en una vivienda de la urbanización Los Conejos, en Molina de Segura, desde 2004 a 2013.

La víctima iba a la casa de este individuo porque la que era entonces su esposa se encargaba de cuidarla, mientras los padres de la pequeña trabajaban. Cuando el adulto se quedaba a solas con la menor, «la llevaba a la caseta de la piscina y le tocaba los pechos y la vulva», se detalla en el relato de hechos probados.

Además, el hombre se desnudaba y obligaba a la niña a que lo masturbase. También abusaba de ella cuando la recogía en coche del centro escolar en el que la pequeña cursaba estudios: durante el trayecto hasta el domicilio, «detenía el vehículo, se bajaba los pantalones y enseñaba el pene a la menor, tocándoselo en su presencia», corrobora la Audiencia.

Fue la madre de la víctima la que, cuando tuvo conocimiento de lo que pasaba, denunció los hechos. La pequeña y su madre estuvieron representadas por el abogado Carlos Jerez.

El sujeto admitió lo que había hecho. Y consignó, ya en el año 2006, la cantidad de 10.000 euros a la menor, «para el pago de los daños causados». Dar dinero a la víctima le supuso luego una atenuante, a la hora de dictar la sentencia. Igual que atenuante es, como establece el Código Penal, el reconocimiento del delito.

Así que la causa se resolvió en una vista de conformidad. La Audiencia Provincial condenó por abusos al hombre a dos años de cárcel (aunque no entra en prisión), libertad vigilada durante otros dos y a la obligación de hacer un cursillo de educación sexual. No podrá acercarse a su víctima durante tres años, ni comunicarse con ella por medio alguno. Además, ha de darle 4.600 euros, por los daños morales.

También lo condenan por exhibicionismo a la pena de una multa de 18 meses, con una cuota diaria de tres euros.

Según los últimos datos facilitados por el Ministerio del Interior, en España en 2018 los delitos contra la libertad e indemnidad sexual ascendieron a 13.811 (un 18,1 % más, un 22,5 % en el caso de Murcia, de 391 a 479), de los que 1.702 fueron violaciones (un 22,7 % más, un 12,2 % en esta Región, de 41 a 46, 15 de ellas en el municipio de Murcia -11 en 2017- y 4 en el de Cartagena -9 el año pasado-).