La Audiencia ha estimado el recurso presentado por la compañía aseguradora Caser y ha revocado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de San Javier que la condenó a pagar 15.000 euros a un asegurado porque las causas de su incapacidad eran anteriores a la suscripción de la póliza.

La sentencia estimó la demanda presentada por el asegurado y condenó a la compañía a pagar. Ahora, la Audiencia cree que se ha acreditado que la incapacidad permanente total reconocida al demandante proviene de dolencias o enfermedades preexistentes a la firma del contrato.

Y añade que «ese riesgo no está cubierto, por aplicación de una condición particular que prevé como causa de exclusión expresa las consecuencias de enfermedad o accidente originado con anterioridad a la entrada en vigor de este seguro complementario».