Tras el inicio de su Gobierno

La justicia argentina anula la reforma laboral de Milei aprobada por decreto

La decisión judicial responde a un recurso de amparo en contra de la reforma presentado por la Confederación General del Trabajo, la mayor central obrera del país, la cual hizo una huelga general el pasado 24 de enero

Javier Milei.

Javier Milei. / EFE

Abel Gilbert

Javier Milei se atragantó este martes en que Argentina sufre la peor ola de calor del año, pero no ha sido por la canícula. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad de la reforma laboral que el Gobierno de ultraderecha intenta materializar a través de un Decreto de necesidad y urgencia (DNU). El movimiento obrero celebró como una victoria parcial el pronunciamiento.

La Confederación General del Trabajo (CGT), la principal central sindical, había presentado un recurso de amparo al DNU pocas horas después de darse a conocer, a finales de diciembre. Más tarde realizó una movilización frente a Tribunales y, la semana pasada, una huelga de 12 horas que fue acompañada por una masiva concentración en las inmediaciones del Congreso. "La justicia nos dio la razón", destacó Héctor Daer, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT.

La "invalidez constitucional" de los artículos referidos a cuestiones laborales dentro del ambicioso DNU se conoce en momentos que el Gobierno encuentra dificultades para avanzar con su Ley Ómnibus en la legislatura. Esa iniciativa, de centenares de artículos, intenta modificar de raíz la vida económica, social y culturales argentinas.

El dictamen de los camaristas Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera ha descolocado a las autoridades, entre otras razones porque cuestiona el deseo de Milei de ejercer facultades legislativas, prescindiendo del Parlamento. Los jueces señalaron al respecto que "la admisión" de semejante ejercicio "se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad" que en la actualidad no existe: ambas cámaras del Congreso están en condiciones de asumir sus responsabilidades. No hay motivos de "fuerza mayor" que lo impidan. Por lo tanto, "no se observan" circunstancias para que Milei tenga ese poder "excepcional".

Los fundamentos del dictamen van a contramano de las aspiraciones de Milei. "El principio que organiza el funcionamiento del estatuto del Poder del Estado es, precisamente, la división de funciones y el control recíproco, esquema que no ha sido modificado por la reforma constitucional de 1994".

El Congreso Nacional, remarcó, "tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento, y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas".

El DNU intenta no solo poner un límite al derecho a huelga y el régimen de indemnizaciones, sino a distintos aspectos nodales de la ley de trabajo como la licencia por maternidad.