El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de un hombre contra la sentencia que respaldó la decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social de denegarle la pensión de orfandad por ser mayor de 25 años y no estar incapacitado para trabajar pese a su fobia social.

La sentencia de la Sala de lo Social señala que por esa agorafobia tampoco requiere de ayuda para las actividades esenciales de la vida cotidiana.

En su recurso, el afectado alegó también depresión con tratamiento médico y el 65 por ciento de discapacidad reconocida.

Sobre esta última alegación, al confirmar la resolución del juzgado de lo social de Murcia que desestimó su demanda, la sala recalca que ese reconocimiento está basado en criterios diferentes en relación con las prestaciones contributivas y ajenos a la realización de la actividad laboral.