La Fiscalía ha pedido que se desestime la medida cautelar de prisión contra el expresidente del Gobierno regional Ramón Luis Valcárcel solicitada por el letrado que ejerce la acusación popular, Diego de Ramón, en la pieza separada abierta contra él por la desaladora de Escombreras. El Ministerio Público es concluyente al señalar que no procede adoptar esa medida porque no concurre ninguno de los motivos que servirían para justificar la prisión provisional.

A su vez, Valcárcel ha pedido una fianza de 600.000 euros para que el letrado de la acusación popular siga personado en la causa, al considerar que actúa en la misma con temeridad y mala fe, no con la intención de colaborar con la justicia.

El fiscal rechaza la petición de cárcel porque no ve riesgo de destrucción de pruebas, ya que toda la documentación proviene de otro procedimiento, el que se tramita en otro juzgado de instrucción contra una quincena de investigados, dentro del cual ya se practicaron entradas y registros y se han realizado diversos informes policiales.

Además, añade, el asunto ya fue objeto de comisiones parlamentarias y de apertura de procedimientos ante el Tribunal de Cuentas, «habiéndose aportado cuanta documentación se estimó pertinente». Tampoco existe riesgo de comunicación con testigos o investigados, añade el escrito, «ya que casi todos los relacionados con los hechos objeto de la causa ya han prestado declaración en el juzgado de instrucción número Cinco de Murcia y, algunos más, ante las comisiones de investigación abierta en la Asamblea Regional».

Afirma el fiscal que no cabe entender que exista riesgo de fuga, sobre todo, porque Valcárcel ha dejado su cargo de europarlamentario, «con las inmunidades y privilegios diplomáticos que implicaba», no existiendo tampoco riesgo de reiteración delictiva al no ejercer en la actualidad cargo público alguno.

En cuanto a la posibilidad de que el expresidente del Gobierno regional pueda tener un patrimonio oculto, como sostiene la acusación popular, la Fiscalía deja constancia de que «se carece de la más mínima prueba e indicio que justifique dicha hipótesis». Finalmente argumenta, que pese a haberse apreciado indicios suficientes de criminalidad en los investigados en la misma, tampoco se aplicó contra ninguno de ellos.