La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer contra la denegación de la pensión compensatoria que había reclamado tras el divorcio porque dice el tribunal que es joven y tiene formación, por lo que podrá acceder al mercado laboral.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que también ha de tenerse en cuenta que se le atribuyó a ella el uso de la vivienda conyugal, "de forma que dispondrá de mayor capital, al ahorrarse el pago de un alquiler.

La Audiencia desestima así esa parte de recurso que presentó contra resolución dictada por un Juzgado de Primera Instancia, que fijó la custodia compartida del hijo, lo mismo que la patria potestad.

También señaló que el padre debería abonar a la madre una pensión mensual de 200 euros como alimentos para el hijo común.

La apelante reclamó también que el importe de esa pensión fuera de 400 euros mensuales, a lo que no ha accedido la Audiencia, que sí ha atendido su petición de que se señalara el momento del pago y su actualización, detalles que fueron omitidos por el Juzgado.

Al desestimar el resto del recurso, el tribunal comenta que se ha probado que la recurrente trabajó durante casi todo el tiempo del matrimonio y que tan solo quedó en paro al final del mismo y por un periodo de un año.

Señala así mismo que en la visita a la trabajadora social ambos progenitores alegaron que durante el matrimonio ambos costeaban los gastos de ocio con sus respectivos patrimonios.