La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una empleada de hogar contra la sentencia del Juzgado de lo Penal de esta ciudad que la condenó a ocho meses de prisión por apoderarse de joyas por valor de 5.870 euros de la vivienda en la que prestaba sus servicios.

La sentencia confirma también la obligación de indemnizar a la perjudicada con el pago de la citada suma, al no haberse podido recuperar las alhajas, que la acusada, natural de Bolivia, vendió en un establecimiento de compra de oro.

El Juzgado, en la sentencia que ahora encuentra el respaldo de la Audiencia Provincial, declaró probado que la sustracción de las joyas se produjo entre los meses de julio y octubre de 2012, aprovechándose de la confianza que la perjudicada había depositado en ella para que se ocupara de desarrollar su actividad como empleada de hogar.

En su apelación, la mujer condenada alegó que era imposible que ella hubiera cometido el hurto, ya que carecía de permiso de residencia por estar en situación irregular en España, por lo que no era posible que hubiera presentado documentación alguna de identificación en el establecimiento de compra de oro.

La sentencia, que tiene como ponente al magistrado Francisco Navarro, indica que coincide con el Juzgado de lo Penal en que la acusada fue la autora de esta "acción depredatoria", ya que todas las pruebas aportadas a la vista oral permitieron dar por acreditados los hechos que le fueron atribuidos.

Esas pruebas permitieron acreditar que al acudir a la casa de empeños no presentó su documentación identificativa, sino otra que no le correspondía, pero en la que sí constaba su número de teléfono y el de su pasaporte.

En cuanto a la agravante de abuso de confianza que le fue aplicada a la hora de fijar la condena y contra la que también recurrió, la Sala la considera correctamente aplicada por el Juzgado de lo Penal.

"Debe partirse -dice el tribunal- de que la esencia de esta agravante estriba en el mayo grado de antijuridicidad que comporta un plus de culpabilidad, que supone la lealtad quebrantada entre personas vinculadas por una relación de confianza, de la que se aprovechó, faltando a los deberes de fidelidad que le impone esa relación".