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Susto

Huesos humanos en una bolsa de basura

Unos albañiles tiraron los restos por error después de trabajar en un panteón en Baños y Mendigo

Ocurrió el pasado domingo, en un paraje de la pedanía murciana de Baños y Mendigo, cuando un cazador halló una bolsa de la que sobresalían huesos, los cuales a primera vista identificó como humanos. Tras el impacto inicial, el vecino alertó a la Policía Local, que a su vez avisó a la Guardia Civil.

Hasta el lugar se desplazaron, asimismo, forenses, con el fin de hacerse cargo de los huesos y tratar de determinar su procedencia.

Fuentes cercanas al caso explicaron que los restos fueron arrojados por error a la basura por unos albañiles que trabajaban en un panteón, en la zona. Se trata de osamentas de personas fallecidas hace años, y enterradas en el lugar, cuyos restos la familia quiso conservar, previsiblemente para trasladarlos a otro camposanto.

Sin embargo, en un momento de las labores, la bolsa que contenía los restos se confundió entre los escombros, y los trabajadores pensaron que se trataba de basura. De ahí que los restos humanos fuesen a parar a la escombrera, donde habrían sido desechados, de no haber sido por el hallazgo efectuado por el cazador.

Los huesos, indicaron las mismas fuentes, ya han sido devueltos a la familia, que no afrontará ningún tipo de sanción por lo sucedido. Tampoco los albañiles que los desecharon, aseguraron fuentes cercanas a la investigación.

Para exhumar un féretro y posteriormente recoger y agrupar los restos cadavéricos en una bolsa se ha de cumplir una condición: que haya pasado al menos un lustro desde la inhumación.

La reducción de restos consiste en la reunificación de restos cadavéricos existentes en una fosa, introduciendo los mismos en cajas o bolsas destinadas a tal fin y procediendo a la limpieza de la fosa incinerando todo el material que haya estado en contacto con el cadáver.

Según se establece en la ordenanza municipal del Cementerio de Nuestro Padre Jesús, en Murcia, «las exhumaciones de oficio no podrán realizarse antes de transcurridos cinco años desde la defunción. Se iniciarán mediante el oportuno expediente por el Negociado del Cementerio, en aplicación de las Ordenanzas Fiscales, recayendo las costas en los titulares de la concesión, cuando se trate de restos inhumados en nichos, fosas-nicho, columbarios o panteones, estando exentas las inhumaciones benéficas y cuando se trate de restos inhumados en zonas de tierra, exceptuando el Cementerio Musulmán».

«Los restos humanos procedentes de las citadas operaciones serán depositados en el osario común», destaca la citada ordenanza.

En tres meses, abandonados

«Si a consecuencia de las inhumaciones, exhumaciones o traslados practicados quedasen abandonados materiales sin que los reclamaren sus dueños en el plazo de tres meses, se considerarán abandonados y pasarán a ser de propiedad municipal, que hará con ellos lo que estime oportuno», prosigue el documento municipal.

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