Condenado por donar dos fincas a su hijo para no pagar una deuda
La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia que anuló la donación de dos fincas a su hijo al considerar probado que lo hizo para no afrontar deudas con un banco que sumaban 137.000 euros. La sentencia señala que el Juzgado de Primera Instancia de Murcia, en su resolución de marzo pasado, estimó la demanda planteada por el Banco Mare Nostrum y declaró rescindida la donación por haber sido efectuado en fraude de los acreedores.
Además, acordó que los inmuebles volvieran a integrarse en el patrimonio del demandado, ordenando, por otro lado, la cancelación de las inscripciones que con base en la donación se hubiera efectuado en el Registro de la Propiedad. Al desestimar el recurso, la sala de la Audiencia señala que «es evidente, con la prueba practicada, que con las donaciones, que encubren un claro acto tendente a sustraer esos bienes del pago de la deuda contraída, se produce una clara e intencionada minoración del patrimonio».
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