La implicación del diputado Bartolomé Soler en la investigación, así como su condición de aforado, hizo que el procedimiento pasara del Juzgado de Instrucción número 4 de Lorca al TSJ. Sin embargo, José Pardo Geijo subraya que "el auto recurrido aflora viciado doblemente" y alega, por un lado, al especial proceso de aforados "al no haber respetado los límites fijados por la Sala al asumir la competencia, imputando un presunto delito de prevaricación, además inexistente".

El letrado recuerda en el recurso que ha presentado que el TSJ dictó que "desde la condición de aforado procede admitir la competencia de esta Sala para la instrucción y, en su caso, enjuiciamiento, de los posibles delitos de malversación de caudales públicos y falsedad documental", en referencia a Soler y denuncia que no se han respetado los límites de cada sala.

Pardo Geijo también se queja de la inexactitud de las acusaciones del auto que recurre, ya que los hechos justiciables quedan abiertos y en él se indica que al tratarse de un relato de los hechos "muy complejo, variado y múltiple, es posible la eventual aparición de otros hechos que, en todo caso, serán análogos a los expuestos". En este sentido, el abogado del ex alcalde de Lorca, Miguel Navarro, explica que "mal podrá uno defenderse de lo que se oculta o desconoce, máxime cuando además no puede cometerse este delito por imprudencia ni dolo eventual", en referencia a la presunta prevaricación que Pardo Geijo mantiene que no existe.