La Comunidad Autónoma deberá abonar a la empresa que construyó el varadero de San Pedro del Pinatar el coste de las obras que tuvo que realizar con motivo de la ejecución de aquel proyecto, como el dragado del canal de acceso, que se eleva a 98.000 euros.

Así lo ha declarado la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, que ha dado la razón a la empresa Puerto Deportivo Marina de Las Salinas, S.L., a la que, además, deberá abonarse el IVA y los intereses correspondientes.

En su demanda, esta sociedad alegó que en el pliego de cláusulas administrativas suscrito con la entonces Consejería de Obras Públicas por la UTE Marina de las Salinas, a la que sucedió la reclamante, se indicó que los gastos correspondientes a la demolición del tramo de muelle ubicado frente al futuro varadero y los de ejecución del muelle adosado deberían repercutirse entre los concesionarios de la nueva dársena y el varadero.También se repercutiría el coste del dragado del canal del propio varadero, añadía la cláusula.

Por su parte, los servicios jurídicos de la Comunidad sostuvieron que esta no debía afrontar los gastos reclamados, ya que esa responsabilidad correspondía a la concesionaria del varadero, Amjomar Servicios Náuticos, S.L., mientras que esta se defendió y dijo que su relación era con la administración regional, y no con la empresa constructora.

Ahora, el TSJ ha dado la razón a la demandante y ha condenado a la Consejería al pago de la cantidad reclamada de 98.000 euros, junto con el IVA y los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación por vía administrativa. Dice la Sala que en aplicación de la cláusula citada la administración debe hacer frente al pago de la cantidad reclamada, con independencia de que con posterioridad pueda repercutir su importe al varadero.