La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha anulado la multa de 6.000 euros impuesta por la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) a un vecino de Lorca a no demostrar que el pozo por el que fue sancionado no se correspondiera con el que tiene autorizado.

La sentencia indica que la CHS, por resolución de junio de 2009, impuso esa sanción al considerar que el expedientado había procedido a la apertura de un pozo sin contar con la preceptiva autorización, por lo que le prohibió extraer agua del mismo.

Asimismo, añade la citada sentencia, le comunicó que debía proceder a la clausura del mismo, que era utilizado para el uso doméstico del cortijo de la finca y para riego.

Al estimar el recurso que presentó el expedientado, el TSJRM indica que la administración no ha logrado acreditar que el pozo en cuestión no fuera el mismo que fue autorizado por la Sección de Minas de la Delegación Provincial de Industria de Murcia en 1971.