Un hombre que asegura que, tras someterse a una operación de fimosis ha quedado, de hecho, impotente porque las relaciones sexuales le resultan imposibles por dolorosas, recibirá una indemnización de diez mil euros, según se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así solo en parte la demanda que presentó el paciente (que tenía 39 años de edad cuando ocurrieron los hechos), que había exigido a la Consejería de Sanidad del gobierno murciano una indemnización de 41.777 euros por las graves lesiones sufridas y que precisaron de una segunda intervención quirúrgica para tratar de corregir los defectos de la primera.

El recurrente señaló que fue intervenido el 15 de septiembre de 2011 en un hospital de Alcantarilla por presentar parafimosis, "no siendo bueno el resultado, al quedarle secuelas consistentes en cicatriz peneana dolorosa retráctil en surco balano prepucial".

Ello acarreó (añadía en su reclamación), que en mayo de 2012 tuviera que someterse a una segunda operación, en otro hospital de Murcia, realizándole una escisión del tejido cicatrizal.

Según la demanda, "el resultado de esta segunda intervención fue aún peor y desproporcionado con respecto al estado que presentaba tras la primera, ya que le quedó como secuela insuficiencia de retracción prepucial, micciones demasiado frecuentes y pérdida de orina e impotencia por dolor y sangrado".

El paciente aseguró que había existido una mala práctica médica y que el servicio sanitario no había funcionado como era debido, ya que, añadió, se tardó más de un año en ser operado de la patología que sufría debido a la parafimosis que le había sido diagnosticada en septiembre de 2010.

El TSJ de Murcia dice al estimar en parte el recurso que "no puede decirse que se produjo una defectuosa práctica quirúrgica, pero consta que existe una relación de causa a efecto entre las intervenciones y el resultado lesivo manifestado en la hipersensibilidad dolorosa en la zona cicatrizada".

Por ello, añade la Sala de lo Contencioso, la consecuencia que se ha de extraer es que procede fijar una indemnización a favor del paciente por daño moral, que fija en la suma de diez mil euros.