La Administración regional no está obligada a establecer en los puertos de su competencia aquellas medidas de vigilancia necesarias para evitar la comisión de robos en las embarcaciones atracadas en los mismos, según se recoge en un dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia.

El informe se pronuncia a favor de la desestimación de la demanda planteada por el propietario de un barco de recreo atracado en el puerto deportivo de Águilas, que reclamó 1.600 euros a la consejería de Fomento del gobierno murciano por el asalto que había sufrido el mismo.

Dice el dictamen que el perjudicado aseguró que personas desconocidas habían subido a la embarcación entre el 26 de diciembre de 2012, última fecha en que la revisó, y el 26 de enero y que le habían robado varios objetos, como cañas de pescar, el combustible y dos baterías.

El valor de lo sustraído fue tasado en 3.100 euros, aunque a la administración reclamaba solo 1.600 porque el pago del resto había sido afrontado por su aseguradora.

Para el reclamante, la administración era responsable patrimonial de lo ocurrido, al no contar el puerto con vigilancia alguna, ni con cámaras ni con personal dedicado a evitar los robos.

Al apoyar la desestimación de la reclamación, el Consejo Jurídico se remite a otro dictamen, emitido en 2014, por otro hecho similar ocurrido en

el mismo puerto.

Señalaba en el mismo que, «aunque a efectos meramente dialécticos se aceptara un incumplimiento por parte de la administración de sus obligaciones de vigilancia, la intervención del autor de la sustracción reúne entidad suficiente para considerar roto el nexo causal con el funcionamiento de los servicios públicos».