La simple salida de un vehículo de bomberos para atender una emergencia, independientemente de la gravedad de la misma, tiene un importante coste económico, ya que hay no solo que abonar al personal que intervenga en el servicio, sino también afrontar el gasto que realicen todos los medios utilizados para la resolución de la incidencia. Y la Administración, que tiene escasas fórmulas para ingresar dinero, más en estos tiempos, recurre al bolsillo de los ciudadanos que hacen uso de la seguridad pública para poder mantenerla.

En el caso de la Región de Murcia, la Comunidad Autónoma cuenta desde 2008 con una ordenanza fiscal que establece las tasas que deben asumir los beneficiarios de la prestación de determinados servicios de prevención, extinción de incendios y actuaciones de salvamento que realice el Consorcio de Extinción de Incendios de la Región (CEIS), que gestiona 15 parques en el territorio regional y que cubre todos los municipios excepto Murcia y Cartagena, que cuentan con su servicio propio de bomberos.

Así, en los dos últimos años, las arcas autonómicas han ingresado un total de 158.000 euros por 363 actuaciones realizadas por los bomberos del Consorcio en los distintos municipios murcianos, según la información que tiene la consejería de Presidencia y Empleo, que todavía no cuenta con un balance global de 2014. En los años en los que Manuel Campos era consejero, este departamento cifró en 1,3 millones de euros la deuda que acarreaba la Comunidad por la prestación de estos servicios entre 2009 y 2012.

El decreto de 2008 establece que se podrá imponer una tasa a los ciudadanos en aquellas actuaciones de extinción de incendios, hundimientos totales o parciales de edificios o instalaciones, ruinas, derribos, inundaciones, salvamentos y otros análogos que realicen los bomberos en beneficio de particulares, aunque estos no hayan sido los que hayan dado aviso de la emergencia. La normativa establece excepciones en los casos de catástrofes públicas. También en casos de incendios forestales y rescate o salvamento de personas, no incluyéndose en estos últimos los realizados con ocasión de intervenciones en accidentes de tráfico. Estarán exentos del pago de la tasa los jubilados, pensionistas, desempleados de larga duración.

En cuanto a la cuantía de las tasas, dependen del tiempo y el número de efectivos que se emplean en solucionar la emergencia, desde la salida del parque hasta el regreso. Lo más caro es la utilización de los vehículos de altura, cuya hora se paga a 182 euros, mientras que las autobombas suponen un coste de 130 euros por cada hora que pasen fuera del parque y los vehículos auxiliares, casi 37 euros. En cuanto al personal, la hora se paga a 32 euros (personal técnico), 29 euros (coordinador), 25 euros (sargento), 22 euros (cabo bombero) y 18 euros (bomberos conductores y operadores). Cada kilómetro que recorran los vehículos desde que salen del parque hasta que llegan se paga a 0,8765 euros, según el decreto regional.

En las aperturas de puertas (solo se realizan en casos de riesgo para las personas), la cuota mínima será de 185 euros si se comprueba que la emergencia no era real. La facturación se puede incrementar un 30% por el deterioro de los equipamientos.

El cobro de estos servicios lo realiza la Agencia Tributaria, en virtud de un convenio con la Comunidad Autónoma. De esta forma, se facilita el cobro, ya que en la mayoría de los casos son las compañías de seguros las que se hacen cargo del pago de estas tarifas. La normativa regional ofrece también la posibilidad de compartir los gastos en aquellas actuaciones en las que los beneficiarios particulares sean dos o más personas.