La titular del juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid, Gemma Susana Fernández Díaz, comunicó ayer su condena a la farmacéutica Grünenthal al pago de una indemnización a los afectados de la talidomida que reclamaron 204 millones de euros por las malformaciones que les causó ese medicamento. El presidente de la asociación de afectados por la talidomida (Avite), el murciano José Riquelme, calificó el fallo de «una sentencia histórica» porque reconoce los daños provocados por este fármaco a mujeres embarazadas en los años 60, cuyos hijos nacieron con deformidades. Avite representaba en este juicio a unos 180 afectados. Riquelme está convencido de que esta sentencia «provocará demandas a nivel mundial contra el imperio de las farmacéuticas» y añadió que gracias al fallo «hemos recuperado la dignidad que nunca tuvimos que perder». Los beneficiarios de esta sentencia serán 24, por lo que el siguiente paso será que la Administración reconozca al resto para que puedan cobrar ayudas. Riquelme está convencido de que se conseguirá.

El fármaco se administraba a las mujeres embarazadas para mitigar los mareos y molestias propias de la concepción, pero fue retirado al comprobarse que algunos de los niños que nacían presentaban ausencia de miembros o malformaciones en las extremidades. Ahora la justicia condena a la farmacéutica alemana a pagar 20.000 euros a cada uno de los afectados por cada punto porcentual de minusvalía que les haya reconocido la Administración.

La sentencia, para el presidente de los afectados «es un reconociemiento al mayor atentado farmacológico de la historia, que se cometió en nuestras madres y en nosotros antes de nacer».

El fallo del Juzgado no es firme y contra él cabe un recurso de apelación, que se puede presentar en el plazo de veinte días. Además de la indemnización, la jueza condena a la farmacéutica al pago de los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda con el incremento previsto legalmente a partir de esta resolución. La magistrada señala en la sentencia que la farmacéutica tuvo «un comportamiento negligente», al distribuir la talidomida, a sabiendas de los efectos «nocivos» del medicamento. La distribuidora, según la resolución, optó por «no informar a los médicos españoles del motivo de la interrupción de las ventas» y por dar a los colaboradores externos «una información parcial». Argumenta que la farmacéutica tuvo «pleno conocimiento» de que se estaban produciendo nacimientos de bebés que padecían malformaciones y que se había vinculado el fenómeno a la ingesta de medicamentos con talidomida». En el prospecto de uno de los fármacos se indicaba que el medicamento era «de acción segura, insípido e inocuo», sin previsión alguna de contraindicación, lo que generaba «una situación de riesgo permanente vinculada a la falta de diligencia», dice la juez.