Una mujer que sufrió diversas lesiones al caerse en la subasta de pescado de Cartagena celebrada en agosto de 2010 no recibirá la indemnización de 162.350 euros que reclamó a la Autoridad Portuaria porque no llevaba el calzado adecuado, sobre lo que se le había advertido en varias ocasiones, y porque entró por un acceso que no le correspondía.

Así lo dispone una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ), que desestima la demanda que planteó también contra la Cofradía de Pescadores de Cartagena y una empresa aseguradora.

En su demanda, la accidentada expuso que el suceso se produjo al resbalar accidentalmente por la existencia de un charco de agua con restos de sangre de pescado que había en el interior de la lonja.

Para ella, tanto la Autoridad Portuaria como la propia lonja eran responsables de lo ocurrido al encontrarse el suelo sin señalización alguna del charco y sin que tampoco este estuviera acotado para evitar percances del tipo del que padeció.

Añadía igualmente en su reclamación que fue trasladada en primer lugar al hospital Santa María del Rosell, de Cartagena, donde se le diagnosticó fractura del fémur izquierdo, siendo remitida con posterioridad al hospital de Los Arcos de San Javier (Murcia), donde permaneció ingresada cuatro días.

Al rechazar la demanda, la Sala dice que había sido advertida de que no debía acceder al lugar por el muelle de barcos, como era su costumbre, sino por la entrada que estaba destinada a los compradores.

En cuanto al estado del piso, el tribunal dice que "no consta que tuviera obstáculos que pudieran provocar la caída, ni charcos, ni sangre de pescado, declarando los testigos que existía humedad como hecho natural".

La sentencia concluye que, antes de la caída, la demandante tenía reconocida una incapacidad del 40 por ciento por una artritis reumatoide y una osteoartrosis, y, además, había sido advertida de los peligros que corría al acudir a la lonja con calzado no antideslizante, "llevando el día de los hechos zapatillas ordinarias, de las que se utilizan en casa".