Tribunales

Anulan una multa porque decirle a alquien "que se va a enterar y se va a buscar un problema" no es una amenaza

La Audiencia Provincial deja sin efecto la pena de 120 euros de multa que el juzgado de Cartagena impuso a un hombre y una mujer

Fachada de la Audiencia Provincial de Murcia.

Fachada de la Audiencia Provincial de Murcia.

EFE

La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia de un juzgado de Instrucción de Cartagena que condenó a un hombre y a una mujer porque las expresiones utilizadas frente a unos conocidos, a los que dijeron que se iban a enterar y se iban a buscar un problema no suponen amenaza alguna.

La sentencia deja sin efecto la pena de 120 euros de multa que el juzgado impuso a cada uno de ellos como autores de un delito leve de amenazas.

El juez declaró probado que los hechos se produjeron en abril de 2021, cuando la denunciante iba con su hijo y se encontraron con los dos acusados que resultaron condenados.

Estos últimos, al verlos, dijeron a la primera que se habían enterado de que hablaba mal de ellos, por lo que si persistía en esa conducta se iba a buscar un problema.