La profesora de un colegio de infantil y primaria tiene derecho a ser indemnizada por la Consejería de Educación por los daños que sufrió cuando un alumno de solo tres años de edad se abrazó a ella por sorpresa y de tal manera que le causó la rotura de sus gafas.

Esa es la conclusión a la que llega el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM), que coincide con la propuesta estimatoria de la reclamación hecha por el instructor del expediente.

El dictamen añade que, por la vía de la responsabilidad patrimonial de la administración, procede que sea indemnizada con los noventa euros que reclamó por la reposición de las gafas.

Comenta ese órgano consultivo de la administración que el daño por el que solicitó la indemnización guarda relación con el desempeño de la función docente que desempeñaba en aquel momento, sin que ella hubiera propiciado lo ocurrido por su propia culpa o negligencia.