Caso Abierto - La Opinión de Murcia

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Judicial

El temor al juicio, en el origen de los pactos que libran a los violadores de entrar en la cárcel

Los acuerdos de conformidad, como el que aceptó la jornalera agredida en Mula, buscan en algunos casos evitar la revictimización de la mujer, que en ocasiones llegan a las vistas orales aún con secuelas psicológicas

Juan Francisco M.C., en la sala de la Audiencia Provincial donde reconoció que había violado, cuatro años antes, a una menor. Juan Caballero

La defensa de una jornalera que fue violada por su jefe en una furgoneta en una finca de Yéchar (Mula) aceptó el pacto de conformidad por el cual el agresor admitía los hechos, abonaba 6.000 euros en concepto de indemnización y se libraba de la cárcel, a cambio de hacer un curso. El caso, adelantado por La Opinión, fue un escándalo a nivel nacional. 

En la Región de Murcia la violación de una niña de 15 años y el abuso a otra de diez son los precedentes inmediatos de acuerdos de conformidad firmados por la Fiscalía y los abogados de las víctimas en virtud de los cuales los autores confesos lograron eludir su ingreso en prisión, tal y como ha ocurrido en el reciente caso de Mula. En 2016, un profesor de Religión de un centro de El Palmar, Enrique P.S., admitía desde el banquillo de la Audiencia Provincial de Murcia haber abusado de nueve niños, alumnos suyos. Lo hacía delante de los padres de sus víctimas, con quienes su abogado tardó horas en llegar a un acuerdo: al final, 2.200 euros de indemnización para cada menor. El profesor, tras reconocer sus delitos y ser condenado, salió libre por la puerta del juzgado

Acuerdos como estos (que, según expertas consultadas, buscan evitar la revictimización que supone para las mujeres someterse a la vista oral) ni mucho menos se circunscriben a la comunidad autónoma murciana, sino que se extienden a toda España.

En uno de los casos más recientes, en el que dos policías locales de Estepona (Málaga) no pisarán la cárcel con la condición de que no volviesen a delinquir y que participasen en un programa de reeducación sexual, el entorno de la víctima explicó a la Agencia Efe que el acuerdo buscaba evitar la «revictimización» de la joven, que podría ser sometida a un juicio mediático paralelo, como ocurrió en el caso de La Manada.

Una ‘jauría virtual’

En esta causa de Pamplona la mujer fue objeto de diferentes publicaciones en medios de comunicación, pero también en redes sociales, que protagonizaron una especie de ‘manada virtual’ amparada por el anonimato de Internet. Eric C.T.G, un vecino del barrio barcelonés de Horta-Guinardó, exmilitar y con antecedentes, se enfrenta a tres años de cárcel por publicar en un foro de Internet, usando la red wifi de su vecina, una de las imágenes tomadas por los miembros de La Manada durante la agresión sexual a la joven. En concreto, colgó un fotograma en el que la chica aparece siendo vejada por José Ángel Prenda, uno de los condenados.

Además, el procesado en Cataluña fue uno de los primeros de esa ‘jauría virtual’ que difundió el nombre y los apellidos de la chica, su DNI, fecha de nacimiento, lugar de residencia y el centro educativo en el que estudiaba. 

La larguísima duración del procedimiento, el cuestionamiento y la desconfianza hacia ellas disuaden a las víctimas

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Un informe elaborado en 2018 por el Grupo de investigación Antígona de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), compuesto por las profesoras Maria Barcons, Encarna Bodelón, Jimena Martínez, Esther Murillo, Ariana Pisonero y Patsilí Toledo explica que la victimización secundaria o revictimización se debe a la falta de comprensión que tienen muchas mujeres del procedimiento judicial. 

También denuncian el escaso acompañamiento que las víctimas tienen de las letradas y letrados, pero también «la soledad en la que se encuentra la víctima durante el proceso» y que la carga de la prueba recaiga sobre ella.

La revictimización también se origina, según este colectivo universitario, por las largas esperas que deben sufrir las víctimas durante el procedimiento, la duración del procedimiento, el cuestionamiento y la desconfianza hacia el relato de la víctima y las reiteraciones de las declaraciones, las diligencias o las pruebas. Estas prácticas desincentivan las denuncias de algunas víctimas.

El violador del Jumilla

Una adolescente de 15 años fue violada en Jumilla en 2013 por Juan Francisco M. C. En las fechas del juicio, con 19 años, esta mujer sufría lesiones psicológicas que evolucionaron en un trastorno de estrés postraumático. Debido a esto, le fueron recetados antidepresivos y tuvo que pasar por terapia. La chica tenía como secuela un trastorno neurótico de estrés postraumático.

El juicio tardó y salió cuatro años después del ataque. Fue en ese contexto en el que llegó la conformidad. La defensa del violador confeso y el fiscal, que pedía en un principio once años de cárcel, llegaron a un acuerdo en virtud del cual Juan Francisco no pisó la cárcel pese a haber reconocido el delito. La Fiscalía rebajó su petición de pena: dos años de prisión, cuatro más de libertad vigilada y que no pudiese tener contacto alguno con su víctima. Asimismo, pedía que el agresor indemnizase a la chica con 20.000 euros por los daños morales.

Juan Francisco M.C. alegó que tenía trabajo fijo y podía pagar a plazos la indemnización a la chica a la que violó

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El Ministerio Público admitía que las dilaciones indebidas que se habían producido en este caso afectaron a la resolución final. El condenado alegó que tenía trabajo fijo y prometió que pagaría 350 euros al mes a la víctima.

En la Región de Murcia otro violador evitó ingresar en prisión tras una conformidad acordada en el verano de 2021. Un hombre de 47 años de edad admitió ante el juez haber abusado sexualmente de una niña de diez años. Fue condenado a un año de cárcel por un delito de abuso sexual, con el atenuante de reparación parcial del daño, pues entregó 400 euros de la indemnización de 2.000 que tenía que entregar. La Audiencia Provincial de Murcia suspendió la pena privativa de libertad a cambio de que no delinca más y con la condición de que pagase, en 25 mensualidades, el dinero que debe al padre de la pequeña a la que atacó.

Le condeno a desintoxicarse

Otra violación, en este caso en Almería, muestra a semejanza del caso de Jumilla que la víctima, que se sometió a una intervención de interrupción voluntaria del embarazo, presentaba en las fechas en las que estaba prevista la vista oral una sintomatología ansioso-depresiva y síntomas de estrés postraumático. Con la conformidad el violador evitó la cárcel, pero la menor evitó el juicio y una posible revictimización.

En mayo de este año, un individuo que ahora tiene 40 años de edad reconocía el juez haber abusado sexualmente de una amiga suya, aprovechando que la mujer se encontraba dormida y tenía sus facultades mermadas por la ingesta de bebidas alcohólicas. 

Los hechos acontecieron en el municipio de Murcia, en enero de hace un lustro, y ya tienen sentencia firme: al haber reconocido el sujeto lo que hizo, la condena se le pone por conformidad. 

Y no solo les obligan a ir a cursillos de educación sexual: también les condenan a curarse. Hace tres años, la Audiencia Provincial de Murcia condenaba a cinco años de cárcel a un individuo que reconoció haber violado a una mujer en el camino del cementerio de Cieza. Sin embargo, el tribunal le dejaba en suspenso la pena con la condición de que no volviese a delinquir durante un lustro y el sujeto fue condenado a someterse a un tratamiento para curarse de su adicción a las drogas, que fue considerada una circunstancia atenuante.

El mismo año, la Audiencia Provincial condenaba a dos años de cárcel (pero sin pisar el penal, a cambio de dar a su víctima 3.000 euros y no delinquir en un año) a un hombre que admitió haber violado a una mujer que conoció por Internet. Fue en la casa de ella, en la ciudad de Cartagena: se sentaron en el sofá y él quiso mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó, él no le hizo caso, le quitó la ropa, la obligó a que le hiciese una felación y después la penetró contra su voluntad. En la vivienda se encontraba el hijo de la víctima, que entonces tenía 8 años de edad.

Preguntas sobre su vida sexual para "valorar la credibilidad"

La normativa vigente, explica el informe del Grupo de investigación Antígona, incluye una excepción «sumamente peligrosa» en el intento de garantizar los derechos de las víctimas a la intimidad, que es que para «valorar la credibilidad» de la declaración de la denunciante se puedan formular en el juicio preguntas relativas a la vida privada de la víctima, que incluyen su vida sexual.

En este sentido, la fiscal de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, abogó el pasado jueves en declaraciones realizadas a la agencia Europa Press por llevar a cabo una reforma legal que permita que las víctimas de agresiones sexuales sólo tengan que declarar durante la fase de investigación, ahorrándoles así el «calvario» del proceso y la asistencia al juicio oral, algo que algunas mujeres prefieren evitar y que en ocasiones puede llevar a que lleguen a una conformidad con el agresor.

Peramato explicó que esta opción, que se denomina prueba preconstituida, ya se usa cuando, por ejemplo, quien declara es menor de 14 años o en casos excepcionales como cuando la persona corre el riesgo de fallecer antes de la celebración del juicio oral. Consideró que debe extenderse no sólo a las investigaciones de agresiones sexuales sino al resto de casos de violencia de género. Peramato defendió esta reforma tras conocerse los recientes casos en los que los violadores llegaron a acuerdos con sus víctimas: el caso de los dos policías de Málaga y el de la jornalera agredida en Mula.

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