Un hombre que en la madrugada del 22 de mayo de 2010 apuñaló a otro en una calle de Murcia y le causó lesiones que tardaron 18 días en curar ha sido condenado a una pena mínima porque, pese a tener una nómina mensual de sólo 532,50 euros, "actuó como hormiguita" para reparar el daño causado y abonar antes del juicio los 2.200 euros de indemnización pedidos por el fiscal.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que los hechos se produjeron cuando el herido paseaba con su esposa y una sobrina y el acusado asustó a ésta al proferir un grito.

Al preguntarle la víctima "qué es lo que pasaba", recibió un navajazo en el costado izquierdo y otro en la espalda, "ninguno de ellos en órganos vitales, sin que tampoco hubiera peligro para la vida del lesionado", según se lee en la sentencia, que cuenta como ponente con el magistrado Augusto Morales.

El tribunal señala que el acusado ha reconocido desde el primer momento los hechos, así como la navaja, que fue encontrada después por un ciudadano checo sobre unos contadores de la luz.

La sentencia indica asimismo que el denunciado tenía un contrato laboral temporal con el ayuntamiento de Murcia, por el que percibe cada mes 532,50 euros, y añade que "presenta una sintomatología ansioso-depresiva reactiva y un trastorno de la personalidad de carácter crónico" que se ven acentuados con la ingesta de alcohol, lo que ocurrió en este caso.

Frente a lo expuesto por el fiscal, que pidió una condena por un delito de homicidio en grado de tentativa, la Audiencia indica que los hechos constituyen un delito de lesiones, ya que el ataque no puso en riesgo la vida de la víctima.

La sala concreta en siete meses y quince días de cárcel la pena a imponer, que la tiene ya cumplida por el tiempo que estuvo en situación de prisión preventiva, y para ello tiene en cuenta las atenuantes de confesión de los hechos, reparación del daño causado y embriaguez.

El tribunal afirma que "la constancia y voluntad del acusado, su labor de hormiguita mes a mes, su aporte económico inmediato en cuanto que salió de la prisión ingresando pequeñas cantidades cada vez, es cierto, pero sin fallar una sola vez hasta completar el total de lo reclamado son datos que, objetivamente, en justicia, se han de valorar muy positivamente".