No recibirá ayuda por los seísmos porque no era su casa habitual
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un vecino de Lorca contra la resolución de la entonces Consejería de Obras Públicas de febrero de 2014 que le denegó la ayuda solicitada como damnificado de los terremotos de 2011 porque la casa por la que la reclamó no era su vivienda habitual. La sentencia indica que el demandante solicitó la ayuda al considerarse perjudicado por los citados movimientos sísmicos y por creer que tenía derecho a la misma. Sin embargo, la administración regional no accedió a ello porque la normativa que regulaba las ayudas existía para la vivienda afectada debía haber constituido el domicilio habitual del solicitante, lo que no era su caso. Y añade que el peticionario llegó a reconocer que la casa la tenía arrendada. efe
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