La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un joven contra la sentencia que lo condenó por acosar durante un año a la concejal de un ayuntamiento de Región a la que había conocido en una carrera popular y que en los últimos meses tuvo que ir acompañada de otros ediles por el miedo que sentía a ir sola por la calle.

La sentencia señala que la denunciante, concejal en un ayuntamiento murciano cuyo nombre no ha sido hecho público para proteger su intimidad, declaró que el acoso fue tal que tuvo que bloquearlo en las redes sociales y en el teléfono, y que su insistencia en quedar con ella afectó a su salud y tuvo que seguir un tratamiento psicológico.

El juzgado de lo Penal, en la sentencia que ahora se confirma, declaró probado que el joven conoció a la edil en el transcurso de una carrera popular celebrada a finales de 2016 en el municipio de ella.

Unos días después le envió un correo para felicitarla por la organización y pedirle una reunión porque quería comentarle un proyecto que había preparado y que podía servir para su departamento, a lo que ella respondió que no le recordaba y le solicitó información sobre aquella idea.

A partir de entonces no cesó de remitirle nuevos mensajes a través de la misma red social, a los que no hizo caso al constatar que lo que pretendía el acusado no era hablarle del supuesto proyecto, sino acercarse a ella.

En julio de 2017 el denunciado concertó una cita con el alcalde y durante la entrevista le anunció que se proponía regalar al ayuntamiento un desfibrilador en sustitución del que había sido robado a este organismo poco antes.

En el transcurso de la reunión le pidió que estuviera presente la concejal, ya que el aparato iba a ir destinado a su departamento, pero esta no aceptó la invitación que le hizo el primer edil al decirle que estaba siendo acosada por esa persona.

Escasos días después, y con ocasión de otra celebración en la localidad, el denunciado se hizo el encontradizo con ella, que de nuevo le pidió que la dejara tranquila, cosa que no consiguió, ya que más tarde tuvo que esquivarlo cuando fue seguida por aquel en su coche.

En su apelación ante la Audiencia el acusado señaló que el juzgado de lo Penal había incurrido en un error a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio y que nunca tuvo intención de alterar gravemente la vida de ella.

Además, consideró desproporcionada la indemnización de 12.000 euros fijada en favor de la concejal por daños morales, lo que la Audiencia rechaza igualmente tras señalar que el hostigamiento se prolongó durante todo un año y que la denunciante tuvo que ir acompañada de otros miembros de la corporación y de otros amigos por el temor que tenía de encontrárselo.

La sentencia de la Audiencia no recoge la pena que el juzgado impuso al acusado, que, según el Código Penal, pudo ser prisión de tres meses a dos años o multa de seis a 24 meses.