La Comunidad impondrá multas de hasta 600.000 euros cuando el incumplimiento de la cuarentena o el confinamiento suponga un riesgo de contagio del coronavirus para más de cien personas en espacios públicos o privados. El consejero de Salud, Manuel Villegas, que ayer presentó el régimen sancionador aprobado por el Consejo de Gobierno en el que se regula la cuantía de las multas, reiteró la preocupación del Ejecutivo por alertar a la población del peligro de propagación de la covid-19 por imprudencias.

Villegas expresó el temor aque personas que han contraído la infección o han mantenido contacto con un enfermo sigan saliendo a la calle y asistiendo a encuentros sociales, a pesar del riesgo.

Los inspectores de la Consejería que encuentren irregularidades durante la supervisión de un establecimiento público y los agentes de la Policía y de la Guardia Civil podrán imponer las sanciones.

El Ejecutivo aprobó este jueves un decreto ley que clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, en función de la magnitud del riesgo sanitario que conlleven en cada caso, y establece la cuantía de la sanción que podrá imponerse para garantizar el cumplimiento de «las disposiciones vigentes dictadas para paliar la pandemia».

Su cuantía oscilará entre los 100 euros por no utilizar la mascarilla obligatoria en espacios abiertos y cerrados, que el Ejecutivo impuso el pasado lunes en un Consejo de Gobierno extraordinario, y los 600.000 para hechos muy graves.

Además de la gravedad de las infracciones, la cuantía de las multas aumenta en función del número de personas que podrían contagiarse a causa del incumplimiento de las normas sanitarias establecidas para impedir la propagación del virus.

Las infracciones leves podrán alcanzar los 3.000 euros e incluyen el incumplimiento de información de aforos, distancia social y uso de mascarillas por los locales públicos, el incumplimiento de las medidas de higiene y generales cuando éste no suponga riesgo de contagio o afecte a menos de 15 personas y el incumplimiento de la medida cautelar de aislamiento acordada por la autoridad sanitaria competente en personas que no hayan dado positivo en covid-19, pero que sean contactos directos de un enfermo confirmado.

Incumplimientos graves

En las infracciones graves, que llevarán aparejadas multas de entre 3.001 y 60.000 euros, se incluye el incumplimiento de las medidas de higiene y prevención establecidas para cualquier tipo de establecimiento o actividad, en espacios o locales públicos o privados.

También habrá sanciones de hasta 60.000 euros por no respetar los límites de aforo o el número máximo de personas permitido a los establecimientos o en las actividades, el incumplimiento de la elaboración de planes de contingencia, la organización de reuniones o fiestas en las que se produzcan aglomeraciones que dificulten adoptar las medidas sanitarias de prevención y el incumplimiento del deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria o del confinamiento decretado oficialmente.

Dentro de las infracciones muy graves, sancionadas con multas que pueden alcanzar los 600.000 euros, se tipifican conductas que incumplan las medidas generales cuando este comportamiento pueda suponer un riesgo de contagio a más de 100 personas. También será considerada falta muy grave la realización de actividades que hayan sido expresamente suspendidas y romper el deber de aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria competente.

El consejero insistió en la gravedad del riesgo que supone romper el confinamiento o saltarse la cuarentena. «No podemos dar un paso atrás. Ahora también debemos ir juntos», aseguró.

Pidió precaución igualmente en las celebraciones públicas en las que se producen aglomeraciones y animó a celebrar «en familia» el ascenso del Fútbol Club Cartagena.

Ante los conflictos legales que están planteando las órdenes de confinamiento decretadas por el Gobierno catalán, Villegas aclaró que en la Región no ha surgido ningún problema hasta ahora cuando ha sido necesario aplicar esta medida, utilizada ya en el caso de los inmigrantes que llegaron en patera a las costas de la Región.

Según explicó, la Consejería no ha tenido ningún problema hasta ahora cuando la ha solicitado al juez. «Tenemos que justificarlo bien, que es lo que nos dice el ministro, y hacerlo de acuerdo a la magnitud del riesgo», dijo Villegas. Precisó que, en todo caso, esta medida deber ser utilizada «de forma proporcional».

También defendió la legitimidad del marco sancionador aprobado este jueves, dado que las cuantías establecidas se ajustan a las marcadas en la Ley de Salud Pública nacional, al tiempo que reiteró la petición al Gobierno central para que establezca un régimen común para todas las comunidades autónomas, con el fin de evitar que cada una siga pautas distintas.

«No nos podemos quedar impasibles ante esta situación, ya que ahora mismo hay dificultades para mantener las cuarentenas y necesitamos un sistema ágil», apuntó, dejando claro que si el Gobierno central establece un régimen diferente, Murcia lo «acatará» y lo aplicará.

Consejo Interterritorial

Por otra parte, en la reunión del Consejo Interterritorial de Salud, que preside el ministro de Sanidad, Salvador Illa, se aclaró que son las comunidades autónomas las que tienen las competencias de actuación en caso de brotes. Si supone una privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental, las actuaciones deberán ser ratificadas por los Juzgados de lo Contencioso, informó EFE. No obstante, prevé otros dos mecanismos si el coronavirus traspasa las fronteras de una comunidad: en el primero, Sanidad podrá echar mano de las actuaciones coordinadas en salud pública, previo conocimiento del pleno del Consejo Interterritorial, y que serían de obligado cumplimiento para todas. El otro es el estado de alarma.