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TSJ

Anulan el despido de una empleada que hacía "jornadas maratonianas"

La echaron como represalia por haber denunciado ante la Inspección de Trabajo las condiciones que sufría

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado la sentencia que declaró nulo el despido de la empleada de un bazar chino por haber sido acordado como represalia por haber denunciado a la Inspección de Trabajo las condiciones en que se desarrollaba la actividad laboral en el mismo. En concreto, informó de que realizaban muchas más horas de la legales, no retribuidas, que no libraban cuando les correspondía y que los responsables de la empresa habían establecido un mecanismo para manipular los horarios de entrada y salida por si de pronto se presentaban los inspectores.

También señaló que tenían previsto que si estos aparecían y en ese momento se encontraba trabajando algún empleado que debía disfrutar de su día libre, alegarían que había cambiado el horario con otro compañero y que por eso estaba allí.

Tras su denuncia, la empresa acordó su despido, aunque expuso como motivo del mismo las discrepancias de criterio sobre la forma en que desarrollaba sus funciones. El cese de la relación laboral fue declarado nulo por el Juzgado de lo Social al que correspondió la demanda, que condenó a la empresa «a su inmediata readmisión».

El juzgado no accedió a la petición de la empleada de ser indemnizada por los perjuicios sufridos al exponer que no había aportado ningún dato fáctico del que poder inferir la existencia de un daño compensable. Sin embargo, la Sala de lo Social mantiene otro criterio, y condena a la demandada a indemnizarla con 6.250 euros. Además, eleva de 24,91 euros diarios a 31,34 euros la cantidad correspondiente a los salarios de tramitación.

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