La Ley de Aceleración Empresarial amplía el volumen edificable a los hoteles ya construidos que sean renovados y permite un mayor aprovechamiento urbanístico de su parcela a los de nueva construcción. El texto legislativo que los grupos parlamentarios del PP y Ciudadanos registraron ayer en la Asamblea Regional regula también la figura del condohotel, que permite la compra de habitaciones de hotel individualmente para uso propio y para rentabilizar la inversión. El polémico texto legislativo que ayer llegaba al Parlamento autonómico pretende dar respuesta a las reivindicaciones de los empresarios, que exigen una mayor agilidad administrativa para sacar adelante cientos de proyectos empantanados a causa de las trabas burocráticas, y regularizar las actividades ya existentes que no han conseguido hasta ahora los permisos exigidos.

Establece igualmente una reducción de plazos para la concesión de las autorizaciones ambientales autonómicas. En la obtención de la denominada 'autorización ambiental integrada' y de las 'autorizaciones ambientales sectoriales' se pasa de diez a nueve meses y de seis a tres, respectivamente.

Los portavoces del PP y de Ciudadanos, Víctor Martínez y Miguel Sánchez, respectivamente, que ayer presentaron la Ley en el Registro de la Asamblea Regional, confían en que sea aprobada este mismo mes y dan por hecho que sacará del «limbo legal» a 20.000 empresas. Ambos grupos firmaron un acuerdo con la patronal CROEM a principios de agosto para la tramitación de la Ley de Aceleración para la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo de Calidad.

El texto consensuado consta de 90 artículos, en los que se establecen modificaciones a distintas leyes de carácter urbanístico, ambiental, industrial y administrativo con el propósito de dar facilidades a la inversión empresarial.

El sector turístico es uno de los más beneficiados por estas reformas legales, con el fin de atraer a los grupos hoteleros dispuestos a abrir nuevos establecimientos en la Región, «no solo en la costa, sino también en el interior». La Comunidad considera que el desarrollo turístico que se producirá con la llegada del AVE y la apertura del nuevo aeropuerto obligará a ampliar la capacidad actual de los alojamientos existentes, «cuya planta está formada por hoteles que adolecen de cierta antigüedad y de pequeño tamaño en comparación con nuestro competidores». Además, «se pretende facilitar la renovación, modernización, ampliación o sustitución de los alojamientos existentes mediante el otorgamiento por ley de una mayor edificabilidad, a semejanza de lo previsto recientemente en otras comunidades, como Baleares o Canarias».

Podrán beneficiarse de estas «primas volumétricas» los establecimientos que se conviertan en «hoteles de al menos tres estrellas para la realización de obras de ampliación, renovación, modernización y ampliación de la oferta». Además, con el objetivo de incrementar la planta hotelera, «se flexibiliza y aumenta la cuantía de la prima de aprovechamiento urbanístico para la implantación de hoteles en parcelas residenciales prevista en nuestra ley de ordenación territorial y urbanística, que no quedará acotado al 20%, sino que dependerá de la categoría resultante del establecimiento».

El texto recoge también la figura del condohotel, en el que la propiedad de las habitaciones se reparte entre distintos titulares, con el fin de garantizar la seguridad jurídica y «evitar fraudes».

La Ley de Aceleración introduce una nueva regulación de los polígonos industriales, estableciendo además las obligaciones que deben asumir los usuarios, los ayuntamientos y el resto de administraciones públicas.

También pretende agilizar la implantación de huertos solares en suelo no urbanizables, la reducción generalizada de plazos en el suministro de energía eléctrica a las empresas y la simplificación medioambiental con la agilización de títulos habilitantes». Obligará a la empresa distribuidora de la energía que generen las plantas a emitir un informe de aceptación o rechazo en un plazo de quince días hábiles desde su presentación. «Transcurrido este plazo sin que se haya emitido y comunicado el citado informe, se considerará que no hay objeción por parte de la compañía», precisa el texto.