Una mujer que resultó atropellada por un vehículo deberá asumir el 70% de responsabilidad en lo ocurrido porque cruzó la calle por un sitio no permitido, en lugar de por el paso de cebra.

Así lo recoge una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que confirma la de un juzgado de primera instancia de Cieza de junio pasado que estimó de forma parcial la demanda de la accidentada y condenó a la aseguradora del vehículo a indemnizarla con 11.230 euros y los intereses.

La perjudicada reclamó 41.770, pero el juzgado rebajó esa suma a la concedida al considerar que tuvo parte de culpa en lo ocurrido, al igual que el conductor, que circulaba a una velocidad superior a la permitida, por lo que consideró que era responsable del 30% del accidente.

En cuanto a la perjudicada, la responsabilizó del 70 por ciento restante por cruzar la calle por un lugar indebido «cuando tenía próximos pasos de peatones».

Responsable causal

Al confirmar la sentencia, la Audiencia comenta que «ciertamente el conductor incurrió en negligencia, pero también ella fue responsable causal de sus lesiones y en mayor grado, pues en una calle ancha, pese a ver acercarse un vehículo, inició su cruce por un lugar no permitido».