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Justicia

Un banco pagará 52.000 euros a un jubilado por aconsejarle un producto tóxico

El fallo del Juzgado número 5 de Cartagena ya es firme, ya que el Banco Popular no lo ha recurrido

El Banco Popular Español ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Cartagena a devolver a un pensionista jubilado de Cartagena 52.000 euros que la citada entidad le había aconsejado invertir en un producto ´tóxico´ de alto riesgo denominado ´Bonos subordinados necesariamente canjeables por acciones de Banco Popular Español S. A´.

La entidad no sólo deberá devolverle la citada cantidad, que eran los ahorros de toda su vida, sino también los intereses generados así como pagar las costas del juicio. La sentencia es pionera puesto que es la primera vez que se condena a Banco Popular por la nulidad de ese producto financiero de alto riesgo, señaló el abogado del pensionista, Pedro Antonio García, del despacho Técnicas Legales de Cartagena.

El fallo es firme, ya que el banco no la ha recurrido en el plazo estipulado, añadio el letrado.

En los fundamentos del fallo se cita una sentencia de la Audiencia Provincial de León, de 26 de marzo de 2015, en la se afirma que se debe «reiterar el deber de diligencia y transparencia del prestador de servicios ...; así como los deberes de información frente al cliente no profesional ...; entre otros extremos, sobre la naturaleza y riesgos del tipo específico de instrumento financiero que se ofrece a los fines de que el cliente pueda tomar decisiones sobre las inversiones con conocimiento de causa debiendo incluir información y advertencias apropiadas sobre los riesgos ...».

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