Ante la grave crisis económica que nos afecta a todos, es de sobra conocido que las empresas tratan de reducir sus gastos disminuyendo el número de trabajadores de su plantilla. Ésta es una tendencia que por el momento no va a frenar, y cualquiera debe estar preparado para el caso, indeseable, de ser despedido.

Lo primero que se debe saber es que no todos los trabajadores que son despedidos reciben una advertencia, un preaviso, de que van a ser despedidos. Si la causa es disciplinaria la ley no contempla esa posibilidad, y si la causa es objetiva (despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas) la empresa puede preavisar al trabajador o compensarle económicamente con quince días de sueldo y notificarle su despido el mismo día de su salida.

Por ello es conveniente saber qué hacer ante esa situación. Cómo nos comportemos, los documentos que firmemos o lo que digamos y hagamos pueden ser determinantes para una posterior reclamación de nuestros derechos.

A continuación expondremos unas pautas que, de forma general, ayudarán a no tomar una decisión precipitada:

- No firmar nada. Cualquier documento que nos den (carta de despido, finiquito, baja en la empresa, etc.), no debe ser firmado sin que un profesional lo estudie y nos aconseje al respecto. Podríamos, sin saberlo, estar renunciando a algo que nos corresponde.

- No admitir nada. El empresario podría utilizar cualquier comentario que hagamos para, el día de mañana, argumentar nuestra conformidad con la causa despido (si nos están acusando de haber cometido una falta, no debemos pronunciarnos al respecto). No podemos descartar que estemos siendo grabados por nuestro jefe en el momento mismo del despido.

- No dejarnos intimidar. En ocasiones, hemos comprobado como en el momento del despido, el empresario le ha recomendado al trabajador firmar la documentación con la amenaza de que, si no firma, no podrá cobrar el paro, ni su última nómina, ni su indemnización; e incluso alguna vez hemos tenido noticia de amenazas al trabajador con la interposición de una denuncia contra él€ Todas ellas falsas amenazas sin contenido, que solo pretenden que el trabajador desinformado acceda a las pretensiones de la empresa.

-Anticiparnos. Si por cualquier motivo sospechamos que vamos a ser despedidos, es conveniente acudir desde ese momento a un profesional para estar bien preparados cuando llegue el momento. A mas preparación, menos posibilidades habrá de que abusen de nosotros.

Tenemos que tener claro que el trabajador no es la parte débil en la batalla por un despido. Durante el primer trimestre de 2015, de los 45.192 procesos de despidos que llegaron ante los Juzgados del orden social en España, solo 15.347 fueron declarados como justificados o procedentes. Esto significa que en el 66% de los casos judicializados se condenó a la empresa a readmitir al trabajador o a indemnizarle con una cuantía superior a la que se le ofrecía en el momento de su despido, y que solo el 34% de los trabajadores no consiguieron este resultado.1

Esta realidad quizá se deba a la complejidad con que debe realizarse el acto del despido. Existen numerosas causas por las que un despido puede declararse improcedente (defectos al entregar la cantidad de la indemnización, al comunicarle al trabajador que está despedido, errores en el contenido de la carta, defectos en la misma forma de contratación con la que se entró en la empresa, etc.). Todo esto hace que la empresa deba haber cuidado meticulosamente todos los aspectos, que son muchos, de su decisión, lo que en la práctica provoca de forma habitual que un despido pueda ser revocado en sede judicial.

Otra cuestión a tener en cuenta es el tiempo: si tardamos mucho en tomar una decisión corremos el riesgo de que se pase el plazo para reclamar y perder todos nuestros derechos ante la Jurisdicción Social.

Una vez que nos presentan la carta de despido lo más importante es acudir a un experto que le asesore para saber si es viable reclamar, inclusive si el importe que le ofrece la empresa por su despido es correcto. Hay que tener presente que el plazo para reclamar un despido es de 20 días laborables.

Para cualquier consulta o duda que puedan tener nuestros lectores, les informamos de que estaremos a su disposición el día en el consultorio jurídico de La Opinión, donde podrán realizarnos de forma directa sus preguntas responderemos encantados.

1 - Fuente: Instituto Nacional de Estadística. http://www.ine.es/jaxi/tabla.do?path=/t38/p604/a2000/l0/&file=0202008.px&type=pcaxis&L=0