La Audiencia Provincial no se ha creído la versión exculpatoria ofrecida por un hombre que ejerció labores de vigilancia mientras que su compinche realizaba un robo en una vivienda. El acusado aseguró que lo único que hacía era proteger a una mujer que ejercía la prostitución en la zona, una barriada de la pedanía murciana de Los Dolores, pero el magistrado Álvaro Castaño-Penalva ha dictado sentencia considerando insuficiente y frágil su versión del los hechos.

El juez le ha condenado a 18 meses de prisión, los mismos que a su compañero, responsable material del robo, como autor de un delito de robo en grado de tentativa.

El tribunal recoge como hechos probados que estos se produjeron el 29 de septiembre de 2015, hacia las tres de la madrugada, cuando uno de los denunciados saltó la valla que rodea una vivienda y accedió a su interior tras forzar una ventana corredera, cuando los moradores dormían.

Alertado por la presencia dedos hombres sospechosos merodeando por la zona poco antes de proceder al robo, un vecino alertó a la Policía Local, que hizo acto de presencia minutos después. Los agentes encontraron escondido entre unos matorrales al que había ejercido labores de vigilancia, mientras que al otro lo hallaron detrás de un sofá del salón del la vivienda en cuestión. Este último «tenía dispuestos en una bolsa para llevárselos dos teléfonos móviles, una pipa de fumar y dos bolsos de señora de los que se había apoderado durante el registro de las diversas dependencias de la casa», según señala el auto del juez.

Al rechazar el recurso, la sala dice que las pruebas acumuladas contra los denunciados son contundentes, y rechaza por inverosímiles los alegatos que expusieron en su descargo.

Así, el que entró en la vivienda aseguró que lo hizo porque huía de tres personas que, provistas con cuchillos, le reclamaban el pago de una deuda, mientras que su compinche declaró que no colaboraba en robo alguno y que se limitaba a proteger a una prostituta que prestaba sus servicios sexuales en aquel lugar. La Audiencia es concluyente en el caso de este último al asegurar que «ni el acusado ha facilitado ningún dato de esa amiga ni ninguno de los testigos vio por las inmediaciones a otras personas que no fuesen los acusados».