La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso que la Sociedad Concesionaria Tranvía de Murcia presentó contra el ayuntamiento de Murcia, al que reclamó una indemnización de un millón de euros. La sentencia señala que la demandante alegó que había sufrido una minoración de los ingresos de explotación, lo que atribuyó al Consistorio, por no haber procedido a la reordenación del transporte público.

La empresa señalaba que el Ayuntamiento tenía que haber realizado una reordenación y reestructuración de los servicios de transporte público regular permanente de viajeros de uso general entre Murcia y pedanías para el periodo comprendido entre el 28 de mayo de 2011, cuando se inició la prestación del servicio tranviario, y el 31 de diciembre del mismo año. La demanda fue planteada en primera instancia ante un Juzgado de lo Contencioso de Murcia, donde la citada sociedad recurrió la negativa del Ayuntamiento a pagarle la indemnización que había reclamado, pero el recurso no prosperó.

Fue entonces cuando acudió en apelación al TSJ, pero este ha desestimado igualmente el recurso, al señalar que el Ayuntamiento no había contraído obligación alguna de realizar el estudio reclamado. Dice la sala, que tiene como ponente a la magistrada Leonor Alonso, que el pliego de condiciones por el que fue convocado el concurso para la adjudicación del tranvía establecía que el concesionario debía realizar un estudio de remodelación del transporte público urbano y periurbano en autobús para optimizar el servicio público. Pero añade que «la cláusula decía textualmente que eso era solo 'para la consideración y efecto que la administración considere oportuno'». Y concluye que «esa obligación que se establecía para el concesionario no puede interpretarse como una obligación de cara a la administración, porque, de esta forma, con esa interpretación que pretende la apelante, se desplaza a la administración el riesgo que corresponde asumir al concesionario ante el incumplimiento del compromiso de viajeros ofertado».